domingo, noviembre 24, 2024
- Publicidad -

La injuria y la amenaza están penadas aunque se cometan en redes sociales

No te pierdas...

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha manifestado este jueves que la injuria y la amenaza en redes sociales, como puede ser Twitter, están suficientemente penadas y ha advertido que hay que distinguir entre los delitos que exigen denuncia del ofendido y los perseguibles de oficio.

Durante un desayuno organizado por la Fundación Wolters Kluwer y la asociación de juristas Acijur, Velasco ha recordado que desde el Tribunal Supremo al Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), « todos los tribunales del mundo han dicho que no tiene nada que ver traspasar la libertad de expresión con la injuria y la amenaza». «La única frontera que tiene la libertad de expresión es el delito», ha añadido.

A preguntas de los periodistas sobre la necesidad de arbitrar reformas legales para perseguir las amenazas e injurias en la red, el juez central de instrucción numero 6 ha dicho que estas conductas están suficientemente penadas y que la diferencia es la publicidad con la que Internet dota estos mensajes.

A este respecto, Velasco ha señalado que «quizá ha habido una equivocación por parte de cierta prensa escrita que ha repuesto el contenido de ciertos mensajes muy vejatorios aumentando el eco que habían tenido» inicialmente.

El juez Velasco también ha explicado que hay delitos privados que exigen denuncia del ofendido, como son las injurias y las amenazas y luego otros como la incitación al odio o la lesión psíquica que se puede producir en situaciones de acoso o aquellas en las que se acaba de matar a una persona y alguien se regodea en tu dolor, «que sí que son de persecución pública».

Google y Alaya

El magistrado de la Audiencia Nacional se ha referido igualmente a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación con el «derecho al olvido» en internet, del que ha dicho que reconoce este derecho es las personas sin relevancia pública.

«Cuando lo que redirecciona el buscador es una información pública, que afecta a un personaje público o es de interés público no es lícito sacarlo de internet, por lo tanto no es el derecho absoluto al olvido», ha explicado.

No obstante, a Velasco le preocupa más, porque puede afectar a las investigaciones penales, la sentencia del TJUE del pasado mes de abril que anuló la directiva de 2006 de conservación de datos.

Finalmente, preguntado por la instrucción por la juez Alaya del caso de los ERES, Velasco ha indicado que la magistrado de Sevilla debería mandar al Tribunal Supremo la parte del caso que afecta a aforados y que «con lo demás debería ir terminando».

Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimas noticias

- Publicidad -