Concretamente, ha anulado la resolución de la Dirección General de la Policía Nacional de 15 de noviembre de 2022 por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos en la Escuela Nacional de Policía al creer que no se cumplió la medida cautelar que estableció el propio Supremo en septiembre de 2021, cuando suspendió la exclusión relativa a llevar cuerpos intraoculares o lentes fáquicas.
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Los magistrados de la Sección Cuarta Sala de lo Contencioso han asegurado que la actuación del Cuerpo «provoca confusión y manifiesta falta de transparencia sobre las condiciones que deben reunir quienes aspiren a participar en dicha oposición«.
La decisión del tribunal responde a un escrito presentado por algunos aspirantes que recurrieron el Real Decreto 326/2021 por el que se aprobó el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
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En el marco de ese recurso es en el que el Supremo acordó la suspensión cautelar de las exclusiones citadas. La resolución de dicho recurso aún está pendiente.