sábado, noviembre 23, 2024
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El decano del ICAM, preocupado ante el fallo del Supremo sobre los criterios de honorarios

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Este martes el decano de la Abogacía madrileña ha manifestado, en una comparecencia urgente y a petición propia, en el Consejo de Consumidores y Usuarios su preocupación por las consecuencias para la ciudadanía de la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre los criterios de honorarios profesionales del ICAM a los exclusivos efectos de tasación de costas y jura de cuentas. 

Una resolución que, según Eugenio Ribón, debería preocupar tanto a los operadores jurídicos como a la ciudadanía porque compromete los principios de seguridad jurídica, dificulta el acceso a la tutela y quiebra el principio de transparencia e información sobre el que se asienta jurídicamente la protección del consumidor.  

Derechos de los consumidores

Para el decano del ICAM, la defensa tanto de la Abogacía como de los derechos de los ciudadanos, en su condición de consumidores y usuarios, “resultan ser dos caras de la misma moneda”.

Por ello, el decano ha querido comparecer de forma urgente ante el órgano de representación y consulta de ámbito nacional de las organizaciones de consumidores y usuarios con implantación estatal, puesto que la decisión del Tribunal Supremo “puede suponer un freno importante al acceso a la tutela judicial ante la ausencia de una previsión razonable de los efectos económicos que puede conllevar una acción judicial”. 

Icam

Eugenio Ribón ha señalado, en referencia a la condena en costas, que “En la Abogacía existe un alto grado de competencia, una oferta extraordinariamente elástica y disparidad de precios. Sin embargo, esta decisión hunde a los consumidores en la incertidumbre sin poder tener conocimiento aproximado sobre los eventuales costes de un litigio”. 

Porque, más que a la abogacía, aseguran desde el ICAM, el fallo afecta de modo fundamental a los propios usuarios de la justicia, ya sean empresas o consumidores, en tanto que se les priva de una información necesaria y transparente que hasta ahora les permitía evaluar el potencial riesgo/beneficio del desarrollo de una acción judicial basada en un marco objetivo de expectativa de costes en caso de desestimación de la demanda y que los honorarios resultaran impugnados requiriendo la emisión de informe colegial, que sigue resultando preceptivo por imperativo legal

Derecho de información del consumidor

Así, el decano ha recalcado que el escenario resultante tras la sentencia del TS “merma extraordinariamente la transparencia -como pilar básico del derecho de información del consumidor- que ansía el usuario de la justicia y la legítima expectativa de conocer de un modo aproximativo el posible coste del litigio”, en caso de perderlo. 

Eugenio Ribón ha invitado a los representantes de las asociaciones de consumidores y usuarios de España a reclamar la modificación normativa necesaria para corregir “esta situación de incertidumbre y de, en la práctica, derechos conculcados”, muy especialmente el derecho a la información de consumidores y usuarios consagrado en los artículos 20, 60 y 97 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

El decano ha subrayado que de este modo, se debilita el acceso a la tutela judicial efectiva (art. 24), la necesaria seguridad jurídica (art. 9.3) y los derechos de los consumidores.  


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1 COMENTARIO

  1. LOS SEPARATILSTAS CATALANES TIENEN UN 26% DEL CENSO (UNA PERSONA UN VOTO)EN LAS «PLEBISCITARIAS» DEL 14-F 2021 (700 mil votos menos ).
    Otto Von Bismarck : «España es el país más fuerte del mundo: los españoles llevan siglos intentado destruirlo y no lo consiguen.”
    N.B. LO QUE DEBERIAIS HACER ES RECUPERAR EL ROSELLON (UN TERCIO DE CATALUÑA)PERDIDO POR MOSSEN PAU CLARIS.
    TE RECUERDO, ARAGONES, QUE LA CONSTITUCION FUE VOTADA POR EL 90% EN CATALUÑA.
    LOS EMPRESARIOS ALEMANES LE DIJERON A TORRENT:»SI NOS TOCAN LAS NARICES CON LA CONSTITUCION, NOS VAMOS».

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