El Tribunal Constitucional de España ha tomado una decisión importante al desestimar la petición de la ministra en funciones de Igualdad, Irene Montero, de suspender de forma cautelar la sentencia del Tribunal Supremo que la condenó por vulneración del derecho al honor del exmarido de María Sevilla, expresidenta de Infancia Libre, a quien llamó maltratador. Esta sentencia ha generado un debate público significativo sobre la libertad de expresión y los límites a la misma en el contexto de las redes sociales y la política.
La historia comenzó cuando Irene Montero fue condenada por el Tribunal Supremo a publicar en su cuenta de Twitter (anteriormente conocida como «X») y en un periódico de tirada nacional el «encabezamiento y fallo» de la condena, además de indemnizar con 18.000 euros a Rafael Marcos, el exmarido de María Sevilla. La condena se basó en sus declaraciones durante la inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres el 25 de mayo de 2022.
Rafael Marcos, el exmarido de María Sevilla, presentó una demanda alegando que Irene Montero lo había presentado como un «maltratador tanto de su hijo como de su ex pareja» en ese contexto, lo que según él vulneraba su derecho al honor. El Tribunal Supremo respaldó esta reclamación, afirmando que «el honor es un derecho fundamental que protege frente a atentados en la reputación personal, la cual se ve afectada cuando se atribuye a una persona conductas merecedoras del máximo reproche social.»
La sentencia del Supremo también ordenó a la ministra Irene Montero a abonar 5.400 euros en concepto de intereses de demora y costas procesales a Rafael Marcos. Además, le exigió eliminar el tuit en el que compartió el vídeo de sus declaraciones y publicar el fallo de la sentencia en su cuenta de Twitter.
Sin embargo, la Abogacía del Estado, en representación de Irene Montero, pidió al Tribunal Supremo que suspendiera la ejecución de la sentencia, argumentando que habían presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Esta petición fue rechazada por el Tribunal Supremo, lo que llevó a la ministra a solicitar la suspensión directamente al Tribunal Constitucional.
La decisión del Tribunal Constitucional de desestimar la petición de suspensión de la sentencia del Supremo tiene importantes implicaciones en cuanto a la libertad de expresión en España. La ministra Irene Montero y su equipo legal argumentaron que sus declaraciones estaban en el contexto de un discurso sobre la protección de las madres y los hijos víctimas de violencia machista, y que no tenían la intención de difamar a Rafael Marcos.
Por otro lado, los defensores de la sentencia del Supremo argumentan que es fundamental proteger el derecho al honor de las personas y que las declaraciones de Montero dañaron la reputación de Rafael Marcos. También destacan que el Tribunal Supremo consideró que las declaraciones de la ministra eran «lesivas» para la imagen de Marcos.
La decisión del Tribunal Constitucional subraya la importancia de equilibrar el derecho a la libertad de expresión con la protección de otros derechos fundamentales, como el derecho al honor. En este caso, el tribunal consideró que la sentencia del Supremo no tenía un carácter urgente que justificara la suspensión cautelar y que Irene Montero debe cumplir con las obligaciones impuestas por la sentencia mientras se resuelve el recurso de amparo.
Este caso también ha generado un debate más amplio sobre la responsabilidad de los políticos en las redes sociales y cómo deben abordar cuestiones delicadas como la violencia de género. Algunos argumentan que los políticos deben ser conscientes de la influencia que tienen en las redes sociales y ser más cuidadosos con sus palabras, mientras que otros defienden la importancia de la libertad de expresión y la capacidad de los líderes políticos para plantear temas controvertidos.
El Estado tiene una deuda con las madres protectoras que lo único que pretenden es protegerse a sí mismas y a sus hijos e hijas de la violencia machista de sus maltratadores.
Adelante Irene Montero, adelante el feminismo.