viernes, noviembre 22, 2024
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Una sentencia judicial ampara calificar a los Testigos de Jehová como «Secta Destructiva» y a sus exintegrantes como «víctimas»

Los testigos de Jehová se han mostrado "perplejos y consternados" por esta sentencia

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Torrejón de Ardoz ha emitido una sentencia que respalda la libertad de expresión al permitir la calificación de «secta destructiva» a la confesión religiosa Testigos Cristianos de Jehová de España y considerar «víctimas» a sus exintegrantes. La demanda interpuesta por la organización religiosa contra la Asociación Española de Víctimas de Testigos de Jehová fue desestimada.

Una joven testigo de Jehová, en estado crítico tras rechazar transfusión

En el fallo, los magistrados argumentan que no se ha vulnerado el derecho al honor de la confesión religiosa, ya que la libertad de expresión e información prevalece sobre este derecho. La Asociación Española de Víctimas de Testigos de Jehová fue absuelta de todas las pretensiones y la organización religiosa fue condenada al pago de las costas procesales.

La sentencia destaca la importancia de las expresiones relacionadas con la calificación de «secta destructiva», ya que atribuyen consecuencias graves a comportamientos basados en creencias de la confesión demandante, como «muerte social, ostracismo, trastornos mentales, ideas o actos autolíticos, discriminación, encubrimiento de posibles delitos, omisión de tratamiento médico vital o comportamiento sectario».

El juez argumenta que la Asociación busca informar sobre las posibles consecuencias negativas de acercarse a la confesión religiosa y que la calificación de «víctimas» se basa en experiencias personales de numerosas personas que aseguran haber sufrido daños como fieles. La sentencia destaca que prohibir este término en la denominación de la Asociación sería una censura injustificada para quienes emiten libremente su opinión.

El fallo reconoce que las conductas denunciadas generan daños, y aunque la entidad demandante alega que va en contra de su honor, la resolución sostiene que la libertad de aquellos que consideran haber sufrido daño merece una mayor protección, permitiéndoles agruparse en una asociación que utiliza el término «víctima» en su denominación pública.

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