El Tribunal Supremo (TS) ha decidido absolver a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como ‘El Pequeño Nicolás‘, de los delitos de usurpación de funciones y cohecho por los que fue previamente condenado a tres años de prisión por la Audiencia Provincial de Madrid. La acusación se originó debido a que presuntamente se hizo pasar por un enlace entre el Gobierno y la Casa Real durante un viaje a Ribadeo (Lugo) en 2014.
El Pequeño Nicolás detenido por llevar un carnet de conducir falso
Decisión del Tribunal Supremo
Según el TS, la conducta de Gómez Iglesias se limitó a una única acción de suplantación: la organización y participación en una comida con un empresario, presentándose falsamente como un enlace entre la Vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real. Los magistrados determinaron que esta acción carecía de la pluralidad requerida para constituir el delito de usurpación de funciones públicas, destacando que se trataba de «una comida sin contenido político o económico que no encaja en el concepto de acto oficial«.
Análisis de los Delitos imputados a Nicolás
El Supremo también absolvió a ‘El Pequeño Nicolás’ del delito de cohecho, argumentando que pagar a un agente de policía local para organizar un servicio de escolta ajeno a toda función pública no constituye un delito de cohecho según las circunstancias específicas del caso. El tribunal subrayó que tanto el que ofreció como el que recibió la retribución sabían que no se estaba realizando ningún acto vinculado con la actividad oficial del funcionario.
En este contexto, el tribunal concluyó que «no hubo compromiso alguno para la función pública y no hubo, por tanto, afectación alguna del bien jurídico protegido por el delito de cohecho«.
Hasta la fecha, Francisco Nicolás no ha cumplido ninguna pena de cárcel, ya que la única condena firme que tenía era la del ‘caso del DNI‘, de un año y nueve meses, insuficiente para implicar su ingreso en prisión. Con la absolución en el ‘caso Ribadeo’, podrá continuar en libertad.
Argumentos de la Defensa
La defensa de Gómez Iglesias argumentó ante el Supremo que la Audiencia Provincial vulneró varios de sus derechos fundamentales, incluyendo la tutela judicial efectiva y la presunción de inocencia. Además, cuestionaron la validez del registro en su domicilio, calificándolo de indiscriminado y sin la debida distinción de los datos incautados en sus dispositivos electrónicos.
En su recurso, la defensa destacó que la acción de Francisco Nicolás consistió únicamente en impresionar a un empresario simulando ser un enlace oficial, sin que hubiera solicitud alguna de favores o planteamientos relacionados con el supuesto cargo.
A pesar de esta absolución, ‘El Pequeño Nicolás’ aún enfrenta otros procesos legales. Tiene pendientes dos condenas que aún no son firmes: una de cuatro años y tres meses por acceder a información confidencial en bases de datos policiales en 2014, y otra de tres años y cinco meses por hacerse pasar por un miembro del Gobierno en una operación de compraventa de una finca.
La absolución de Francisco Nicolás en el ‘caso Ribadeo‘ subraya la importancia de un juicio justo y el rigor en la aplicación de la ley. Mientras tanto, la resolución de sus casos pendientes determinará su futuro legal y las posibles consecuencias adicionales que podría enfrentar.