El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite los recursos presentados por el Gobierno contra las leyes de identidad y expresión de género y de protección integral contra la LGTBIfobia de la Comunidad de Madrid. Como resultado, varios artículos modificados en 2023 han sido suspendidos temporalmente, incluyendo aquellos que requerían informes y acompañamiento psicológico para que menores trans pudieran iniciar un tratamiento de transición.
Los apartados once, doce, quince, diecisiete y veintidós bis del artículo único de la Ley 17/2023, así como el apartado catorce del artículo único de la Ley 18/2023, quedan suspendidos cautelarmente. Esta suspensión estará vigente hasta que el Tribunal Constitucional emita un fallo definitivo, para lo cual tiene un plazo de cinco meses, prorrogable. El Gobierno, al igual que el Defensor del Pueblo, ha llevado estos preceptos ante la corte constitucional argumentando que vulneran la Constitución, son contrarios a los derechos fundamentales, patologizan a los menores, chocan con la ley trans nacional y violan competencias exclusivas del Estado.
La admisión a trámite de estos recursos por parte del Tribunal implica la suspensión de la vigencia y aplicación de los artículos impugnados. Entre estos se incluye el artículo que permite el asesoramiento psicológico o la evaluación psiquiátrica, que el Ejecutivo considera una excepción a la prohibición absoluta de las terapias de conversión.
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, al anunciar la apelación, calificó de «claramente discriminatorio» que la normativa indique que las personas trans pueden utilizar espacios o equipamientos «sin menoscabo de los derechos e intimidad del resto de usuarios, especialmente de las niñas y mujeres». Según Redondo, esta redacción implica que las mujeres trans podrían «poner en peligro los derechos del resto de mujeres».
«Los derechos de las personas trans, de las personas LGTBI no pueden esperar y tenemos la obligación de garantizar que esos derechos se ejercen en igualdad de condiciones en todo el territorio español», afirmó la ministra. Redondo también señaló que la normativa madrileña es «regresiva», «limita» y «vulnera» los derechos reconocidos en la legislación estatal.
El Tribunal Constitucional también examinará si estas leyes madrileñas invaden competencias exclusivas del Estado al excluir a las organizaciones LGTBI de la condición de interesados en procedimientos penales y administrativos sancionadores, incluso cuando representen a una víctima con su permiso explícito. Además, el Gobierno sostiene que las leyes modifican en un sentido regresivo los derechos de las personas LGTBI.