jueves, febrero 6, 2025
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El Supremo declara inocente a Louzán, tras dos condenas injustas, por lo que seguirá al frente de la RFEF hasta 2028

Rafael Louzán se ha enfrentado durante años a dos sentencias condenatorias antes de ser absuelto, en sentencia firme, por el Tribunal Supremo.

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Ángeles Moya
Ángeles Moyahttps://www.estrelladigital.es/autor/amoya/
Más de 20 años dedicada al sector de Seguridad, Defensa y Ciberseguridad. Pero también he pasado por deportes, y sectores especializados del ámbito empresarial y de consumo. Ahora, profe de la UC3M, y al 'mando' de la sección de Seguridad y Defensa en ED... sin dejar de escribir sobre otros asuntos que sean de interés para nuestros lectores. Periodismo en vena. amoya@estrelladigital.es

La continuidad de Rafael Louzán al frente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) pendía de un hilo por un supuesto delito de prevaricación cuando era presidente de la Diputación de Pontevedra, y no eran pocas las voces que, sin mediar sentencia todavía, lo daban por amortizado.

Pero este mismo jueves 6 de julio se ha confirmado que Louzán seguirá al frente del fútbol español. Y continuará su mandato hasta 2028 (salió elegido presidente en diciembre de 2024) porque, tal y como él defendía, el Tribunal Supremo lo ha absuelto del delito de prevaricación que se le imputaba.

Pero, hasta llegar hasta esta sentencia, que ya es firme, el actual presidente de la RFEF tuvo que enfrentarse a la pena de 7 años de inhabilitación para empleo o cargo público que le impuso la Audiencia Provincial de Pontevedra (y al consiguiente daño reputacional), en una sentencia de mayo de 2022 que este jueves ha sido anulada tras el recurso de casación presentado por la Defensa de Louzán ante el Supremo.

Absuelto de una condena por prevaricación que el Supremo ha considerado que no existía

A Rafael Louzán se le condenó por haber concedido una subvención de 86.311 euros para abonar unas obras de mejora en el campo de fútbol del municipio de Moraña (Pontevedra). Pero la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no ha apreciado delito alguno en la concesión de dicha subvención.

De hecho, en la sentencia del Supremo se recoge que el contrato se adjudicó «para pagar al contratista de unas obras ya realizadas», algo a lo que «la Administración contratante estaba obligada».

Es decir, que no se produjo en ningún caso, según el Alto Tribunal, «ni una resolución arbitraria ni un resultado materialmente injusto» (enriquecimiento de la Administración contratante), condiciones exigibles para determinar la existencia de un delito de prevaricación.

Cronología de los hechos, en los que el Supremo no ha apreciado delito alguno de prevaricación

Los hechos probados de la sentencia recurrida recogen que el 30 de diciembre de 2011 la Diputación y el Concello de Moraña firmaron un convenio de colaboración para instalar hierba artificial en el campo de fútbol ‘El Buelo’ y realizar otras edificaciones anexas.

La Diputación asumió la redacción del proyecto por importe de 21.122 euros y su posterior ejecución a través de una subvención de 999.561 euros, adjudicándose el proyecto a la empresa Construcciones Eiriña SL.

Terminada la obra, por razones que la investigación no desveló, la empresa había realizado actuaciones que no estaban contempladas en el proyecto inicial, en concreto: un casetón para ubicar y cubrir la bomba hidráulica de riego, unos cuartos destinados a almacén que se ubicaron bajo el graderío, unos cerramientos de alambre sobre las escaleras, unas soleras de hormigón pulido frente a la gradería, unas soleras de hormigón pulido frente al vestuario y la ampliación de un muro perimetral existente.

Puesto que estos trabajos no podían pagarse con el importe de la primera subvención, la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial acordó en el año 2013 conceder una segunda subvención (la de 86.311 euros por la que Louzán fue condenado) que cubriera el coste de las obras no previstas inicialmente.

Con posterioridad se convocó un concurso para ejecutar estas obras, con la decisión predeterminada de adjudicarlo, como así se hizo, a la empresa que ya las había ejecutado materialmente.

La Diputación tenía «el deber de pagar todas las modificaciones abordadas en la obra», según consta en la sentencia del Supremo

En su sentencia, la Sala de lo Penal afirma que el delito de prevaricación «no puede asentarse en la decisión de conceder una nueva subvención para las obras no previstas inicialmente».

De hecho, entre las diferentes leyes del ordenamiento jurídico nacional y regional referidas en la sentencia, el Alto Tribunal subraya que la segunda subvención «se concedió con cargo al presupuesto de libre disposición del presidente de la Diputación asignado para el ejercicio de 2013″, que es precisamente cuando se concedió esa segunda cuantía.

Fin de un suplicio judicial de años para Rafael Louzán antes de ser declarado inocente por el Supremo

Por tanto, y al no contravenir otras normas que prohíben «descomponer la previsión presupuestaria de la Diputación», la Sala ha estimado el recurso de casación y ha absuelto a Louzán de los cargos por los que anteriormente había sido condenado.

Además, la Sala también recuerda su jurisprudencia (sentencias anteriores de otros casos) en relación con el delito de prevaricación y, en resumen, determina que la Diputación tenía «el deber de pagar todas las modificaciones abordadas en la obra», para lo que «se desbloquearon unos fondos correctamente asignados» con el fin de que «pudiera pagarse con ellos a la constructora que realmente había abordado los trabajos».

Concluye así para Rafael Louzán el suplicio judicial al que se ha enfrentado durante años, tras dos sentencias condenatorias antes de ser absuelto definitivamente: una primera del Juzgado número 3 de lo Penal de Pontevedra, que le impuso una pena de dos años de prisión por un delito de fraude; y una segunda (la referida anteriormente) de la Audiencia Provincial de la misma ciudad que, si bien le absolvió del delito de fraude, ratificó la condena por un delito de prevaricación… que ahora ha sido anulada por el Tribunal Supremo.

Rafael Louzán, elegido nuevo presidente de la RFEF hasta 2028

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