El Papa Francisco ha establecido que los procesos de nulidad matrimonial sean gratuitos y más rápidos con la intervención directa del obispo. Así se desprende de un 'Motu Proprio' firmado por el Pontífice sobre la reforma del proceso canónico para las causas de nulidad en el Código de Derecho Canónico, titulado 'Mitis Iudex Dominus Iesus' (El Señor Jesús, juez clemente).
«Poniendo a salvo la retribución justa y digna a los jueces de los tribunales por parte de la Conferencia Episcopal, debe ser asegurada la gratuidad del proceso, porque la Iglesia, mostrándose a los fieles madre generosa, en una materia estrictamente ligada a la salvación de las almas manifieste el amor gratuito de Cristo», subraya en la reforma que entrará en vigor el próximo 8 de diciembre.
Otra novedad será que la primera sentencia que haya declarado la nulidad del matrimonio si no es apelada ipso facto por ninguna de las partes será declarada ejecutiva. Hasta ahora, era necesario que la primera sentencia pasara por un segundo tribunal.
Además, el Papa otorga competencia al obispo para asignar la causa de nulidad a un único juez clérigo, si es posible, con la ayuda de dos asesores expertos en ciencias jurídicas o humanas. Asimismo, establece que «en los casos en los que la nulidad es más evidente» pueda ser el mismo obispo quien lleve la causa.
«No me ha pasado desapercibido –observa Francisco– que un juicio abreviado pueda poner en peligro el principio de indisolubilidad del matrimonio. Precisamente por eso he querido que en dicho proceso el juez sea el obispo mismo».
El prelado auditor de la Rota Romana, monseñor Alejandro W. Bunge, ha explicado que si el obispo no llega a la certeza moral de la nulidad enviará la causa al proceso ordinario que deberá prolongarse como máximo durante un año.
Según explica el Pontífice en el documento, esta reforma se hacía necesaria ante el «enorme número de fieles que, a pesar de su propia conciencia, se estaban desviando de las estructuras jurídicas de la Iglesia a causa de la distancia física o moral». Además, recuerda que los obispos reunidos en el Sínodo de octubre ya solicitaron procesos más rápidos y accesibles.
Por ello, señala que con este Motu proprio el Vaticano no busca «favorecer las nulidades matrimoniales» sino «la celeridad de los procesos y una justa simplicidad».
Indisolubilidad del matrimonio
Durante la presentación del texto, que ha tenido lugar este martes en el Vaticano, el secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el arzobispo Luis Francisco Ladaria Ferrer, ha recordado que el matrimonio es indisoluble pero ha apuntado que en los últimos tiempos surge la duda de «si todos los que se casan por la Iglesia conocen suficientemente» esta enseñanza de la Iglesia.
«De no ser así, su matrimonio sería nulo, es decir, no existiría de hecho. Y precisamente porque hay esta duda muchos deseaban ofrecer un medio rápido pero de confianza para resolverla y contribuir a pacificar la conciencia de muchos católicos», ha explicado.
Por su parte, el presidente del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos, el cardenal Francesco Coccopalmerio, ha precisado que el proceso de nulidad no conduce a la anulación del matrimonio. «Nulidad es distinto de anulación y declarar la nulidad de un matrimonio es absolutamente diverso de decretar la anulación del matrimonio», ha aclarado.
El Papa Francisco también ha firmado otro Motu Proprio sobre la reforma de los procesos de nulidad matrimonial en el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales siguiendo la estela de sus predecesores que promulgaron dos códigos, uno para la Iglesia latina y otro para las iglesias orientales católicas.