El procedimiento se realizará en un plazo no mayor a 45 días hábiles.
El decreto tiene como fin reglamentar la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1346, que establece disposiciones para optimizar los servicios que son financiados a través del SIS, desarrollando el concepto de vulnerabilidad sanitaria a efectos de viabilizar la afiliación regular de estas personas al régimen subsidiado del SIS.
En el marco de la progresividad de la política de aseguramiento universal en salud, se incluye dentro de la afiliación a las personas en situación de vulnerabilidad sanitaria que viven con el VIH/Sida, aquellas con el diagnóstico de tuberculosis (TB) y aquellas con discapacidad severa.
Cabe indicar que el decreto supremo es refrendado por la ministra de Salud, María Elizabeth Hinostroza Pereyra.
Estrella Digital