viernes, noviembre 22, 2024
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Ollanta Humala y Nadine tendrán acceso total a declaraciones de delatores en Brasil

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En una audiencia virtual, el segundo panel del Supremo Tribunal Federal de Brasil garantizó que la defensa del expresidente Ollanta Humala Tasso y su esposa Nadine Heredia Alarcón tengan acceso completo a las declaraciones, relatos y anexos contenidos en los acuerdos de colaboración firmados entre el Ministerio Público Federal de Brasil y la constructora Odebrecht, en el marco de la operación Lava Jato.

Según la decisión, tomada por mayoría, tendrán acceso a los documentos en los que los dos sean mencionados por los colaboradores eficaces, excluyendo los actos de investigación y las diligencias aún en curso, en Brasil. El acuerdo fue tomado en una audiencia virtual realizada el martes, 19 de mayo.

El voto del ministro Gilmar Mendes, que prevaleció en este caso, establece que solo con el acceso total a esa información se garantiza la amplia defensa de los procesados y que estos puedan ejercer el contradictorio en el juicio, pues es posible que el Ministerio Público Federal de Brasil solo haya compartido los datos que sean perjudiciales.

Mendes enfatizó que no se trata de que los fiscales brasileños hayan ocultado información de manera deliberada, actuando de mala fe. “Sin embargo, es posible que solo se compartiera el material que, en la evaluación del Ministerio Público Federal, era de interés para las autoridades peruanas. A la luz de esto, la evidencia transmitida a la Fiscalía peruana puede ser ineficiente para que el ex presidente y su esposa puedan defenderse completamente de los cargos”.

Odebrecht se opuso

La defensa del expresidente Humala y su esposa solicitaron el año 2018, cuando ambos cumplían prisión preventiva en el Perú, tener acceso a las declaraciones, relatos y anexos presentados por Jorge Henrique Simões Barata, Luiz Antonio Mameri, Marcelo Bahia Odebrecht y Valdemir Flavio Pereira Garreta en sus acuerdos de delación premiada en Brasil, que motivaron el acuerdo de cooperación judicial internacional con la fiscalía peruana.

Jorge Barata, Luiz Mameri y el Ministerio Público de Brasil se opusieron al pedido. Los fiscales brasileños alegaron que en la información entregada por los delatores premiados había datos de terceros y que ellos habían cumplido, vía cooperación judicial, con entregar a los fiscales peruanos, toda la información referida a los Humala-Heredia .

Los fiscales del Grupo de Tarea de Lava Jato agregaron que la defensa de los ciudadanos peruanos debían presentar su reclamó al juez competente en el Perú y, si la justicia peruana lo consideraba, recién solicitar mayor información, vía cooperación judicial internacional.

El 1° de marzo del 2018, en base a esas consideraciones, el ministro relator Edson Fachin rechazó la solicitud. Fachin consideró que la información de los delatores era confidencial y esa confidencialidad debía mantenerse hasta que concluyera el acuerdo de colaboración con las autoridades peruanas. Además, que no correspondía al Poder Judicial brasileño proteger los derechos de dos investigados que no estaban bajo jurisdicción.

La defensa, a cargo del abogado Leonardo Massud apeló. En la audiencia virtual del último martes, Edson Fachin y el Ministerio Público Federal mantuvieron su posición en contra de los Humala-Heredia.

Derecho de defensa y contradictorio

Sin embargo, ministro Gilmar Mendes se pronunció a favor de la solicitud de la defensa. El ministro Ricardo Lewandowski respaldo la posición de Mendes. La ministro Cármen Lúcia apoyó parcialmente el petitorio, a fin de garantizar el acceso solo a la evidencia que ya se ha incorporado a los procedimientos de investigación.

Gilmar Mendes defendió el derecho de la defensa a contar con toda la información para poder ejercer el contradictorio en un juicio público, ante las pruebas que presente la fiscalía. Indicó que dado que las declaraciones se produjeron en Brasil es posible que se haya producido una selección de datos que se compartió con las autoridades peruanas y otras de interés de la defensa que permanece en el Ministerio Público Federal de Brasil.

Mendes recordó que la Constitución de Brasil y la Convención Interamericana de Derechos Humanos garantiza al defensor tener amplio acceso a las pruebas y que la confidencialidad de la colaboración premiada no se opone a ese derecho.

Anotó que el acceso a las pruebas relacionadas con el ejercicio del derecho de defensa se debe garantizarse cuando existen dos requisitos: el acto de colaboración debe señalar la responsabilidad penal del solicitante y no debe referirse a actos de investigación en curso.

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