El gobierno oficializó su normativa que obligará a las farmacias y boticas públicas y privadas del país a transparentar información sobre el stock disponible y los precios de venta de los medicamentos esenciales para el tratamiento del COVID-19, a través del Observatorio de Medicamentos del Digemid.
Para ello, estableció que en un plazo de tres días calendario, es decir, hasta el domingo 24, publicará la lista de aquellos medicamentos, equipos de bioseguridad y otros para el manejo y tratamiento del COVID-19, que serán considerados esenciales y,por lo tanto, obligatoria su venta.
Así, según el decreto de urgencia 059-2020 -publicado este jueves- señala que “el no suministrar a la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM), sobre los datos del stock disponible y los precios de venta de los productos señalados, en las condiciones que se establezcan”, será sancionado con una multa de hasta con cuatro 4 UIT (17.200 soles).
Venta directa
De otro lado, el Ejecutivo también dispuso que, excepcionalmente, durante la vigencia de la emergencia sanitaria, los laboratorios y farmacias debidamente autorizados podrán vender directamente al paciente los medicamentos para el tratamiento para el nuevo coronavirus, que formen parte del listado de bienes esenciales.
La venta se efectúa de acuerdo a la condición de venta del producto, según lo establecido en su registro sanitario y de lo establecido en las buenas prácticas de dispensación.
Fiscalización del Indecopi
De otro lado, el Indecopi, junto con Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios–ANM, apoyará en las supervisiones correspondientes en farmacias y boticas a fin de hacer cumplir con el stock y venta de los medicamentos esenciales para el tratamiento del Covid-19.
Para ejercer la nueva función, el gobierno transfirió a la Autoridad de Competencia 1,7 millones de soles. La finalidad es la protección de la salud del consumidor.
Estrella Digital