jueves, noviembre 21, 2024
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Fuerza Popular buscará ser excluida del caso Keiko Fujimori en la Corte Suprema

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Fuerza Popular, la agrupación fujimorista que es investigada por el fiscal José Domingo Pérez, buscará ahora en la Corte Suprema de Justicia ser excluida del caso Odebrecht donde también figura Keiko Fujimori, excarcelada a inicios de mayo último.

La Segunda Sala de Apelaciones ha decidido este miércoles conceder una casación excepcional para que la Corte Suprema analice precisamente si se cumplió con el procedimiento para que la organización política sea incorporada al caso Cócteles el 21 de noviembre de 2019.

Acorde con la resolución a la que accedió La República, los jueces superiores César Sahuanay, Iván Quispe y Edgar Medina acordaron que el partido pueda sustentar ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema la “falta de motivación” en la decisión que la incorporó al expediente, así como supuestas vulneraciones a la defensa de la organización política.

En los aspectos formales, se señala además que el recurso interpuesto por el abogado Juan Alarcón Caycho fue presentado en el plazo de 10 días y, por lo tanto, debía ser aceptado. El tribunal aprueba en este sentido también elevar el recurso a la Corte Suprema para que esta evalúe posteriormente su admisión.

Caso Cócteles: investigados

El 15 de mayo pasado, la misma Segunda Sala de Apelaciones aprobó que Fuerza Popular se mantenga en calidad de procesado en el caso Cócteles aclarando que en esta etapa de la investigación se valora la “sospecha reveladora” de los elementos presentados por el Ministerio Publico, y no propiamente su carácter “probatorio”. Por lo tanto, no debían alegarse “falta de pruebas” que sustenten su incorporación.

Además, el partido fujimorista es investigado por haber sido “instrumentalizado” por Keiko Fujimori para hacer funcionar en su interior una organización criminal en 2011, con ayuda de falsos aportantes para “blanquear” dinero ilícito recibido de Odebrecht. Esta es la hipótesis central de la Fiscalía contra Fuerza Popular.

Al ser el partido una persona jurídica, no afrontaría una pena de prisión ante una eventual condena. Sino más bien “consecuencias accesorias”.

Estas posibles sanciones que se imponen a las organizaciones u empresas están contenidas en el artículo 105 A del Código Penal y contemplan la disolución, la imposición de una multa (desde S/21 mil hasta S/1’260 000) o la suspensión temporal de sus actividades.

 

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