El Banco de la Nación ahora está facultado a realizar nuevas operaciones en el marco de la política de inclusión financiera que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) busca impulsar.
Así, a través de un decreto supremo publicado este viernes, el MEF realizó diversos cambios al estatuto del banco estatal. La principal, que incluye como parte de los objetivos del banco, a “realizar operaciones y servicios para la inclusión financiera y con la finalidad de contribuir al desarrollo económico e inclusión social».
En esa línea, ha incorporado como parte de sus funciones y facultades (Artículo 8) de la entidad a: emitir giros bancarios y efectuar transferencias de fondos por encargo o a favor de clientes o usuarios.
Asimismo, ha modificado el inciso j del Artículo 8, para incluir que el Banco de la Nación podrá recibir depósitos a la vista o de ahorros de las personas naturales y/o jurídicas por concepto de los pagos que perciben en su condición de trabajadores, pensionistas o proveedores del Estado, en el marco del Sistema Nacional de Tesorería; asimismo, recibir de esos trabajadores depósitos a plazo y abrir cuentas por compensación de tiempo (CTS) de servicios a los propios trabajadores del Banco de la Nación.
“Y abrir cuentas básicas a las personas naturales en todo el territorio nacional, de acuerdo a lo señalado por la normativa aplicable y en el marco de los objetivos de la Política Nacional de Inclusión Financiera (PNIF)”.
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