A través de un comunicado conjunto, precisaron que la Policía Nacional está facultada para intervenir en los domicilios y/o locales donde se incumpla lo dispuesto y que se denunciará penalmente a los infractores, de acuerdo con la normatividad vigente.
Asimismo, se informó que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional controlarán el distanciamiento social y aforo en los mercados, bancos y paraderos de transporte público, así como el cumplimiento de los protocolos sanitarios.
El Gobierno publicó el Decreto Supremo en el que -entre otras medidas- se restablece la inmovilización social obligatoria durante todo el día a nivel nacional para los domingos a partir de este 16 de agosto debido al incremento de casos de COVID-19.
Esos días solo podrán transitar personas que se dedican a:
– Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
– Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.
– Servicios de telecomunicaciones.
– Servicios funerarios.
– Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
– Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.
– Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
– Personal y vehículos de medios de comunicación.
– Vehículos oficiales de transporte de salud.
– Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Publico e INPE.
– Personal de empresas de seguridad.
– Personal y servicio de farmacias y restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio (delivery).
En cuanto a las empresas, estas deben otorgar a su personal una credencial (fotocheck) que lo identifique como trabajador de dicha organización y/o empresa. Además, deberán generar el pase laboral y/o vehicular de las personas y vehículos.
La Policía Nacional del Perú retendrá la Tarjeta de Propiedad y Licencia de Conducir e impondrá una multa de S/ 6,450 a las personas que transiten con su vehículo durante el horario de inmovilización social obligatoria (22:00 horas a 04:00 horas) y los domingos (desde las 22:00 horas del sábado hasta las 04:00 horas del lunes).
Asimismo, la Policía Nacional del Perú impondrá a toda persona que no acate estas medidas las multas establecidas por incumplir las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno.
Estrella Digital