Hace una semana el Consejo Regional III de Lima, del Colegio Médico del Perú (CMP), inició una investigación ética en contra el conocido médico cirujano Tomás Borda Noriega, por su participación en una publicidad sobre un servicio que permite solicitar atención y realizar consultas médicas a través de videollamadas.Se trata de la aplicación Mapfre Doc, de la empresa Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros. Según el video publicitario del servicio “un doctor puede verte sin que salgas de tu casa y sin que él vaya a la tuya”. Esto lo menciona Borda Noriega. Además, señala que solo podrán acceder los que tengan una póliza que cuente con el servicio médico a domicilio.La aplicación, que se puede descargar al celular, tiene la opción para realizar una videoconsulta médica con una videollamada, ver la receta médica digital y recibir los remedios en casa. Debido a ello, el CMP en Lima indicó en comunicado que “rechaza este tipo de servicios médicos no presenciales, ya que podrían poner en riesgo la integridad de los pacientes”. Se agrega, además, que se estaría induciendo a los médicos a transgredir dispositivos normativos a los que deben sujetarse, pudiendo ser sometidos a procedimientos éticos disciplinarios. También envió una carta notarial a la compañía.
¿Consulta a distancia? –
Lily Kau Kau, directora ejecutiva de la Dirección de Telemedicina del Ministerio de Salud (Minsa), indicó que las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud – hospitales, clínicas, centros de salud, etc – deben incorporar paulatinamente este servicio llamado Telesalud, conforme a la Ley N°30421 (Ley Marco de Telesalud), cuyo reglamento fue establecido este año en DS N°003-2019-SA.
Esta norma brinda las pautas para el uso de nuevas tecnologías de comunicación en consultas médicas, y a distancia. Kau mencionó a El Comercio que este servicio se realiza entre médicos y profesionales de la salud, en el que también podría participar el paciente, en ciertos casos, y que involucra el historial médico.
¿Cómo se realiza? La funcionaria dio detalles sobre el trabajo de este programa. “Primero, debe ser dentro de un establecimiento de salud. Este establecimiento, según la normativa 30421 debe contar con el servicio de Telesalud. En éste se cuenta con una pantalla suficiente para hacer una videoconferencia, como una laptop, pero del servicio, con micrófono y cámara, y banda ancha”, detalló.A nivel nacional se trabaja en las 25 regiones del país y el servicio se encuentra en 1.200 Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud y, desde el 2017, se han realizado consultas a 5.621 pacientes, mayormente en temas de pediatría, psicología y medicina interna. «Este servicio de Telesalud ha mejorado el tema de la atención, calidad, en la población generando un ahorro de 20 millones de soles», indicó, sobre asuntos logísticos como el traslado del paciente. También señaló que con el sector privado aún se está trabajando en su incorporación.
El caso Mapfre Doc –
El dr. Juan Astuvilca Cupe, Secretario del Consejo Regional III de Lima, o CMP en Lima, pidió la intervención del Ministerio de Salud en este caso, pues según la institución que representa, el programa atentaría contra la salud de los pacientes. “Evidentemente el Ministerio de Salud debe tomar cartas en el asunto. Hasta ahora no hemos visto una respuesta. No hemos escuchado una sola palabra. Debería haber una posición al respeto”, indicó en comunicación con este Diario.
Señaló que hay enfermedades que ameritan una evaluación física y exámenes auxiliares para llegar a un diagnóstico. También añadió que el mayor porcentaje de estas consultas por Telesalud se daría para una segunda opinión o para corroborar información, en zonas alejadas. “Hay enfermedades que ameritan un examen físico. Es muy aventurado decir que un dolor de estómago sea atendido por este servicio. Un dolor abdominal puede enmascarar una apendicitis aguda que necesita ser operada en el acto, y que son minutos valiosos para que se pueda complicar y tener un desenlace fatal. O un dolor abdominal también puede enmascarar un infarto agudo de miocardio, un infarto cardiaco”, argumentó Astuvilca Cupe, por lo que se podría generar confusión en los pacientes.
En este sentido, Lily Kau comentó que el caso de Mapfre Doc debería ser investigado para conocer el real servicio médico que se está dando, y conforme a la Ley N°30421. “Habría que hacer una investigación de lo que realmente están realizando a través de este video que se ha difundido… Es importante que Mapfre, como aseguradora, tenga claro las normas del Ministerio de Salud. Es posible que haya un desconocimiento”, indicó Kau. En este ámbito, detalló que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) realizar una investigación.
Dr. Borda e Indecopi –
La carta notarial enviada el martes 3 de setiembre por el CMP en Lima a Mapfre daba un plazo de 48 horas para dar una respuesta, que llegó varios días después.
“El día viernes, habiéndose cumplido las horas, mandamos una denuncia ante Indecopi porque no recibíamos una respuesta de Mapfre. Hemos denunciado que este servicio atenta contra la integridad de la población. Hemos reaccionado haciendo una demanda formal”, indicó Astuvilca Cupe sobre el caso. En la carta de respuesta de Mapfre, según detalló el vocero del CMP en Lima, se menciona que la aplicación Mapfre Doc funciona en el marco de las normas técnicas vigentes. El Comercio buscó comunicarse con Mapfre pero no hubo respuesta.
Respecto al dr. Borda Noriega, Astuvilca Cupe también mencionó que se abrió una investigación de oficio que es seguida por el Comité de Ética. El galeno fue notificado y tendrá que presentar sus descargos la próxima semana. Astuvilca adelantó que Borda Noriega habría faltado a dos artículos del Código de Ética del CMP al propiciar modalidades de trabajo que atenten contra la relación médico-paciente y la continuidad del cuidado, así como contra su propia salud.
Estrella Digital