lunes, enero 20, 2025
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Otro lustro para Barroso

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La confirmación parlamentaria del portugués Durao Barroso para presidir la Comisión Europea (CE) los próximos cinco años no evita el cúmulo de dudas e incertidumbres que gravitan sobre el porvenir inmediato de la Unión. En buena medida, están asociadas a las dudas que todavía penden sobre la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, con todo lo que conlleva de cambios en el funcionamiento institucional y la toma de decisiones.

Parte de las dudas se despejará el próximo 2 de octubre, fecha prevista para la repetición del referéndum en Irlanda, pero no todas. El texto sigue pendiente de ratificación en Alemania, Polonia y República Checa, por razones distintas, pero en todo caso sin resolver. Y es probable que nadie dé un paso antes de conocer el resultado de la consulta irlandesa, supuesto que las encuestas acierten esta vez en su pronosticado triunfo del sí.

Las previsiones más optimistas sitúan la entrada en vigor del nuevo tratado el 1 de diciembre o, como tarde, el 1 de enero del 2010, pero en todo caso dará lugar a una situación bastante compleja para aplicar las disposiciones que fija el texto, aprobado en la capital portuguesa como remedo del fracasado intento de establecer una Constitución Europea. Y es que las novedades previstas afectan a la Comisión, el Consejo y el Parlamento; esto es, los órganos esenciales del ordenamiento comunitario.

El mandato de la actual CE expira el próximo 31 de octubre, pero se presume que habrá de ser prorrogado unos cuantos meses para hacer posible la elección de los nuevos miembros conforme a Lisboa, y no a Niza, como acaba de ocurrir con su presidente. La diferencia es importante porque Niza preveía una reducción del número de comisarios que, aunque inicialmente confirmada en Lisboa, ha sido anulada a partir de la exigencia irlandesa de restablecer el principio de uno por país miembro; es decir, un total de 27, habrá qué ver con qué distribución de competencias. También varía el sistema de sanción parlamentaria: Niza exigía mayoría simple -aplicada ayer a la ratificación de Durao Barroso-, pero Lisboa la exige cualificada, desembocando en la paradoja de que el presidente de la CE estará apoyado por una mayoría de menor calibre que sus comisarios. Por cierto, con el requisito Lisboa, ¿hubiera obtenido Barroso el aval de la Cámara comunitaria?

Tanto o más complicado es el tema Consejo, en tanto que máximo órgano ejecutivo de la UE. Conforme a Niza, la presidencia se ejerce por turno semestral; Lisboa, en cambio, prevé la designación por la mayoría de jefes de Gobierno asociados de un presidente por un periodo de dos años y medio -la mitad que la legislatura del PE y el mandato de la CE-. El asunto afecta a España, ya que justamente le corresponde el turno semestral entre el 1 de enero y el 30 de junio del 2010.

Enrique Badía

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