lunes, enero 20, 2025
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Entre magistrados y diputados

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Las discusiones bajo el techo de la legación de Brasil en Tegucigalpa, entre las delegaciones del celayismo y del Gobierno de Honduras, sobre quienes han de arbitrar el futuro del depuesto presidente hondureño, conforman un debate centrado en si ha de ser el parecer político de los diputados del Congreso Nacional, o el criterio jurídico de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Nunca es baladí la cuestión de la preeminencia del Derecho sobre la Política, en la medida que ésta ha de someterse, por civilización y por la misma libertad, a lo establecido por aquel, siempre entendido que es legítimo el derecho de que se trata. Pero en esta cuestión del debate institucional hondureño sobre si Zelaya debe ser repuesto, o si por el contrario ha de continuar en la desautorización, y eventualmente juzgado por las responsabilidades contraídas en este asunto, la cuestión de si diputados o jueces, es de importancia capital.

De entrada, los zelayistas insisten en que han de ser los diputados quienes arbitren y decidan, pues si únicamente es político el problema su fallo podría no implicar las añadidas consecuencias penales potencialmente derivadas de las actuaciones del presidente depuesto que llevaron a su destitución. Mientras que si son los magistrados de la Corte Suprema de Justicia quienes sentencian, desde una valoración jurídico-penal del proceder de Zelaya, el fallo, en un sentido o en el otro, comportaría resultantes globales, políticas y jurídico-penales.

Al paso de estas consideraciones es de recordar que el apartamiento del poder de Manuel Zelaya Rosales resultó de una decisión conjunta del Congreso Nacional y de la Corte Suprema de Justicia, ejecutada con la intervención del Ejército, que previamente se había resistido a la complicidad con el jefe del Estado cuando éste quiso imponer la celebración de un referéndum en cuya virtud, de serle favorable, podría cambiar el artículo de la Constitución que le prohibía -a él y a cualquier otro presidente- postularse a la reelección.

Como Zelaya hizo lo que no debía y como el hacerlo originó responsabilidades penales, Zelaya sabe que una decisión de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal Supremo Hondureño, sería un fallo judicial que supondría su reposición en la presidencia, para el caso de que el fallo le fuera favorable. Mientras que en el supuesto de que le resultara adverso el fallo, podría mandarle a la cárcel, si tal fuera la pena por la infracción cometida.

Una sentencia judicial, claro está, es distinta cosa que una decisión política de los diputados. Como también sería decisión política la de amnistiarle después por el Gobierno de Micheletti para el caso de que la sentencia revalidara la destitución y estableciera además una pena, y siempre que este desenlace se hubiera pactado en el curso de las negociaciones en la Embajada de Brasil en Tegucigalpa. Todo lo que viene pasando hasta última hora corresponde a la lógica del proceso, pero también al nivel de las presiones exteriores a la propia Honduras. Llegará luego el debate sobre la OEA.

José Javaloyes

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