O por lo menos tiene obligación de saberlo, como magistrado con una dilatada experiencia, que ha incluido la presidencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El hecho de que en su día optase por descender un escalón y ocupar una plaza como Juez Central de Instrucción no es razón para que sus conocimientos jurídicos hayan menguado.
Por ello es seguro que sabe que el artículo 9 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que los Jueces y Tribunales que tengan competencia para conocer de una causa determinada, la tendrán también para todas sus incidencias y para llevar a efecto las providencias de tramitación. Tampoco se le escapará que el artículo 303 de la misma Ley indica que la formación del sumario, ya empiece de oficio, ya a instancia de parte, corresponderá a los Jueces de instrucción por los delitos que se cometan dentro de su partido o demarcación respectiva, ni que el artículo 300 prevé que cada delito que conozca la autoridad judicial será objeto de un sumario, si bien los delitos conexos se comprenderán en un solo proceso.
Desde el momento en que Gómez Bermúdez dejó de hacer lo correcto, el daño ya está hecho
Por lo tanto, comoquiera que la instrucción de los llamados papeles de Bárcenas -o de la eventual financiación ilegal del Partido Popular- está siendo llevada a cabo desde hace años por otro Juzgado cuyo actual titular es el Juez Ruz bajo la denominación de causa Gürtel, en el seno de la cual se acordó la comisión rogatoria que puso de manifiesto la existencia de las cuentas suizas del ex tesorero del PP, Javier Gómez Bermúdez pudo y de hecho debió haberse ahorrado su largo y alambicado auto (marca de la casa) y en su lugar dictar una resolución inhibiéndose a favor del Juez de instrucción competente para dicha causa, que es el juez predeterminado por la ley como garantía del derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva que consagra la Constitución ¿también para los delincuentes? También, porque nadie es delincuente hasta que no sea declarado como tal por una sentencia firme dictada por un juez competente e independiente en un proceso con todas las garantías. Si no, volveremos a los tiempos de la Inquisición, santa o laica, pero inquisición, que es lo contrario a un proceso con garantías.
Desde el momento en que Gómez Bermúdez dejó de hacer lo correcto, el daño ya está hecho. Si después de unas cuantas diligencias para su mayor gloria mediática el Juzgador en Soledad decide inhibirse, habrá confirmado lo artificioso de todo este movimiento y con ello sólo se habrá retrasado y perjudicado la urgente y necesaria investigación de las cuentas de Suiza y de los papeles de Bárcenas.
Juan Carlos Olarra-Estrella Digital
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