La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga ha decidido conceder el tercer grado penitenciario a Isabel Pantoja, que cumple dos años de prisión por un delito de blanqueo de capitales, según el auto de esta Sala, la misma que juzgó a la cantante. Ha sido «esencial» el que la tonadillera haya «asumido la responsabilidad del delito».
De esta forma, se estima el recurso de apelación presentado por la defensa, contra la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Sevilla de denegar este régimen de semilibertad. La decisión de ahora del Tribunal ha contado con el informe a favor de la Fiscalía sevillana.
El tercer grado tiene distintas modalidades a la hora de materializarse. Según las fuentes consultadas, al no precisar la Audiencia la forma de cumplimiento, esto le correspondería determinarlo a la junta de tratamiento de la prisión y tendría en cuenta también las peticiones de la propia penada.
La tonadillera entró el 21 de noviembre de 2014 en la cárcel de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), con lo que ya ha cumplido algo más de un año de cárcel. Desde prácticamente su ingreso ha intentado obtener el tercer grado, tras disfrutar de varios permisos penitenciario en este tiempo.
En el auto, la Sección Segunda de la Audiencia malagueña se refiere a sus manifestaciones previas sobre el delito de blanqueo de capitales y a su repercusión social, y señala que la clasificación prematura en tercer grado «puede afectar a los fines de la pena y conseguir pervertirlos», además de «proyectar a la comunidad la sensación de vaciamiento -cuando no impunidad-«.
Pero, también se señala en dicha resolución, que es firme, que, en este caso, en la cantante concurren las circunstancias de «buen comportamiento mantenido desde su ingreso en prisión y una buena evolución personal»; además de que ha hecho un uso «correcto» de esos permisos penitenciarios.
Asimismo, indica que Pantoja, que es una «delincuente primaria», ha cumplido «más de la mitad de la condena de dos años que le fue impuesta», al tiempo que «cuenta con apoyo familiar y posee ingresos económicos procedentes de sus actividades profesionales y artísticas».
Pago de multa
También se señala que «viene cumpliendo el compromiso de pago de la multa que le fue impuesta», de forma que ya ha abonado 747.148 euros del total de 1,147 millones de euros a los que se le condenó.
Pero sobre todo se incide en que en un informe emitido por la trabajadora social, educador y jefe de servicios médicos y miembros de la junta de tratamiento -que «votaron a favor de la concesión del tercer grado»- consta que la cantante «ha asumido la responsabilidad del delito cometido».
«Tal reconocimiento y asunción de la responsabilidad representa un factor absolutamente esencial para favorecer un régimen de semilibertad«, indica el Tribunal, que añade que «si tiene conciencia del desvalor realizado por su conducta ciertamente se puede concluir que existe un fundamento claro y rotundo de alejamiento del delito».
Al respecto, se añade que «sólo cuando personalmente la penada asume su responsabilidad, el peligro de recaída en otros episodios delictivos se aleja de forma rotunda».
Por último, se alude a la reforma legislativa en la que la libertad condicional «declina su naturaleza de último grado del sistema penitenciario para convertirse en una modalidad de suspensión de la pena de prisión pendiente de cumplimiento».
Es «este conjunto de circunstancias» el que lleva a la Sala a considerar que Pantoja, «tras el cumplimiento de más de la mitad de la pena de privación de libertad, es merecedora del progreso de grado solicitado, el tercero», lo que se acuerda «sin perjuicio de los programas de seguimiento y evaluación de actividades que puedan establecerse».