Tras conocerse otra sentencia del Supremo que respalda por segunda vez la libre circulación por el territorio nacional de los demandantes de protección internacional en las ciudades autónomas, los jesuitas instan a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras a que reconozcan «plenamente» este derecho.
«Es lamentable cómo la Policía sigue restringiendo el derecho fundamental a la libre circulación de solicitantes de protección internacional más allá de las restricciones que sufre toda la ciudadanía durante el estado de alarma justificado para prevenir la expansión de la covid-19», lamenta el SJM en un comunicado.
El Supremo ha desestimado el recurso de la Abogacía del Estado contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de anular la actuación administrativa de la Comisaría general de Extranjería y Fronteras que impedía el traslado a la Península desde Melilla de seis solicitantes de asilo, cuya petición ya había sido admitida a trámite.
Tal y como estableció el pasado julio en otra sentencia, el alto tribunal incide en que «el efecto directo de esa admisión a trámite es que dicha persona no podrá ser objeto de retorno, devolución o expulsión hasta que se resuelva su solicitud».
Y subraya que los recurrentes, «en cuanto que se encuentran en la ciudad autónoma de Melilla –territorio español- y documentados como solicitantes de asilo en tramitación», están en una situación regular en España, lo que permite su traslado dentro del territorio español.
«Todo ciudadano extranjero que haya solicitado una protección internacional o asilo en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, tiene derecho a la libertad de movimiento y a fijar su residencia en cualquier otra ciudad del territorio nacional, sin que pueda limitarse dicho derecho por la Administración por su condición de solicitante de la protección internacional», sostiene el tribunal.
Además, concluye, los demandantes tendrán que comunicar «siempre» dicho cambio de domicilio.
Tras este aval de la Justicia, el SJM exige a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras que cambie su «dinámica» e imparta «instrucciones escritas» a todos los agentes que presten servicio en los controles de documentación para que no impidan el embarque de quienes exhiben sus tarjetas rojas (documento acreditativo de la condición de solicitante de asilo).
Reclaman también que se agilice la expedición de la tarjeta roja a quienes se les reconozca la condición de demandantes de protección, ya que se les mantiene «largo tiempo» con el resguardo de presentación de la solicitud, que no tiene la consideración de documento de viaje que acredite la identidad de esa persona.
Además, el Servicio Jesuita a Migrantes advierte de que en Melilla también hay muchas personas que han pedido protección internacional y que prolongan su estancia allí porque no se les asigna plaza en el sistema de acogida de refugiados al que tienen derecho. EFE
M.M.