Hacen esa petición en un documento conjunto remitido al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el trámite de consulta para cambiar dicho reglamento organizaciones como Save the Children, Unicef, Aldeas Infantiles, CEAR, Cruz Roja, Plataforma de Infancia, Cáritas y el Servicio Jesuita a Migrantes, entre otras.
«El reglamento actual multiplica trámites administrativos, diluye responsabilidades entre las distintas administraciones y no proporciona respuestas ágiles y eficaces a las necesidades reales» de los menores extranjeros tutelados por las administraciones, «abocándoles a la más absoluta indefensión», indican las ONG, que recuerdan que el Defensor del Pueblo ya ha alertado sobre esta situación.
Por ejemplo, los jóvenes en edad laboral no tienen autorización de trabajo automática y algunos llegan a los 18 años sin contar con autorización de residencia. Además, alertan de que esas tarjetas de residencia solo tienen una vigencia de un año y de que a algunos niños no se les reconoce como válidos los documentos de identidad expedidos por sus países.
«La propuesta de modificación que plantean los profesionales y entidades expertas tiene como objetivo garantizar la plena y efectiva integración en la sociedad española de estos menores, de acuerdo con la legislación nacional e internacional», añaden.
Por ello, plantean una modificación reglamentaria que asegure que los menores bajo la tutela de las comunidades:
– Sean considerados regulares a todos los efectos aún sin disponer de tarjeta de residencia, cuya obtención será considerada una mera formalización de la misma.
– Cuenten automáticamente con autorización de residencia y trabajo a partir de los 16 años.
– Tengan autorización de residencia y trabajo concedida y vigente desde su ingreso en el sistema de protección, siempre que hayan alcanzado la edad laboral, y hasta los 18 años, eliminando la vigencia inicial de un año. En caso de que hayan accedido a ese derecho habiendo alcanzando los 17 años, su residencia inicial tendrá vigencia de al menos un año.
– Únicamente sean considerados indocumentados aquellos menores de edad que no dispongan de pasaporte o documento que acredite su edad e identidad. Y, en caso de no poder ser documentados a través de sus países de origen, serán documentados con cédula de inscripción tramitada de oficio.
– Renovación de autorización de residencia y trabajo con uno de estos requisitos: acreditación de su incorporación real o potencial al mercado de trabajo, informe positivo de la entidad de tutela o informe de esfuerzo de integración. Se eliminan los requisitos de cotización y medios económicos y esta autorización tendrá vigencia de 2 años como todas las residencias renovadas.
– Acceso a la autorización de residencia de larga duración tras haber estado 2 años bajo la guarda y/o tutela continuada de las entidades públicas de protección.
– Poder solicitar, si no han sido documentados antes de los 18 con la tarjeta de residencia, en el plazo de un año desde su salida, la emisión de esa tarjeta de residencia y trabajo que reconozca su antigüedad de residencia legal, con efectos a la fecha de ingreso del menor de edad en el sistema de protección.
– Aplicar estas disposiciones a los jóvenes que, si bien fueron menores de edad en algún momento desde el 1 de enero de 2018, no accedieron a la autorización de residencia que les hubiera correspondido, y aún hoy se encuentran en situación administrativa irregular, con el objetivo de poner fin a su situación de exclusión social.
Desde Andalucía Acoge, José Miguel Morales recuerda que son «jóvenes que no tienen apoyos familiares en España, y que a los 18 años se quedan en la calle, en la mayor parte de los casos sin autorización de residencia y en todo caso sin autorización para trabajar, lo que les aboca a una situación de extrema vulnerabilidad y exclusión social».
«Esta propuesta pretende resarcir el daño causado a los niños que en todos estos años no han sido debidamente documentados aun habiendo sido tutelados por las Comunidades Autónomas», añade Lourdes Reyzábal, de la Fundación Raíces, otra de las firmantes.
P.S.