Los partidos políticos han arrancado el año con la intención de reformar, de una vez por todas, la Ley del Régimen Electoral (LOREG) y sobre todo de reformar el voto rogado que se implantó en 2011 y que provocó que la participación de los residentes ausentes se desplomara de un 30 % a un 6,8 % en las últimas elecciones generales de 2019.
Hasta ahora los residentes en el extranjero pueden votar pidiendo el voto por correo postal, lo que conlleva retrasos en la llegada de las papeletas y en los plazos legales.
En pleno siglo XXI el voto telemático podría aparecer como una opción pero el último informe de la JEC -una de las instituciones que más puede aportar a la reforma de la LOREG- prácticamente lo descarta al señalar que no es el momento y que es un sistema en el que se han puesto de relieve «múltiples vulnerabilidades y riesgos».
El texto al que ha tenido acceso EFE será expuesto por el presidente de la Junta Electoral Central, Miguel Colmenero Menéndez, esta semana en la subcomisión del Congreso que estudia esta reforma.
Esta consideración cada vez más remota del voto telemático contrasta con el informe que emitió la JEC en 2016 y que apoyaba el voto por internet de manera excepcional en los residentes en el extranjero al considerar que era idóneo y necesario ante las dificultades de desplazamientos de muchos electores a los consulados.
Los diputados de la Comisión Constitucional pidieron a finales de 2021 un informe a la Junta Electoral para que emitiera una serie de recomendaciones con el fin de evitar las muchas trabas que genera el voto rogado. En esta ocasión en las conclusiones deja al margen el voto electrónico y se centra en la necesidad de reforzar el papel de los consulados para que puedan directamente enviar la documentación al elector.
«El procedimiento vigente es el del voto por correo, que debe mantenerse aunque se decidiesen otras modalidades alternativas como el voto presencial o telemático», señala el informe que también duda de la supresión del voto rogado ya que «es el único momento del procedimiento de votación en que debe identificarse personalmente el elector».
Para la JEC otra posibilidad es la descarga telemática de la papeleta oficial, bien a través del consulado o bien a través de medios electrónicos propios, para que la documentación llegue al elector con suficiente antelación.
Remitir una papeleta en blanco en la que el elector pueda escribir el nombre o las siglas de la formación electoral en favor de la cual emite su voto sería otra opción, aunque podría dar lugar a errores e imprecisiones que exigirían, según la JEC, una interpretación flexible por las juntas electorales encargadas del escrutinio.
En otro sentido, la Junta Electoral también propone indicar que el voto emitido por correo sea válido siempre que conste que se ha enviado antes del día de la votación o incluso retrasar la fecha en que debe celebrarse el escrutinio general y, por tanto, el cómputo del voto de los electores inscritos en el Censo de Residentes Ausentes (CERA) fijando esa fecha en el quinto día después de la votación.
Otras soluciones que están a debate entre los diputados serían que el ciudadano que vive en el extranjero pida el voto por un periodo de tiempo determinado o también acortar el plazo de presentación de candidaturas para poder mandar el «mailing» de los partidos con mayor antelación.
En cualquier caso «será una reforma consensuada con el PP porque para reformar las reglas del juego no se puede hacer de manera unilateral», señala a EFE el diputado socialista José Zaragoza, ponente de la subcomisión y que apunta también a las dificultades técnicas del voto electrónico.
Y es que los ataques informáticos o los intentos de manipulación del sistema son algunas de las salvedades que habría que superar para llegar al voto por internet, sobre todo porque con frecuencia las webs dependen de proveedores particulares, lo que implica cierta privatización de lo electoral.
La JEC también recuerda que el voto telemático supone falta de transparencia ya que los electores no tienen oportunidad de verificar su voto que estaría en manos de informáticos especialistas.
«Puede socavar la confianza del sistema y ello implicaría lisa y llanamente la demolición de la democracia», alertaba esta institución en 2016 que, en todo caso, admitía que la opción del voto electrónico debería ser ensayada en varias fases, como lo han hecho Francia, Suiza o Estonia, donde ya se usa con normalidad.
En aquel momento la JEC argumentaba que el voto por internet tendría «un fin constitucional legítimo que es el de promover la participación política».
A día de hoy y tras algunas experiencias no satisfactorias afirma que no es posible garantizar el acceso universal a internet de los electores residentes fuera de España y avisa de que la descarga telemática de la documentación nunca puede sustituir al envío material de los documentos.
Lo cierto es que algunas fuentes de la subcomisión también señalan que el voto electrónico abarataría el coste que tiene el Estado en el envío de papeletas ya que un «mailing» a más de dos millones de residentes en el extranjero supone hasta 10 millones de euros. EFE
Ruth del Moral