viernes, noviembre 22, 2024
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¿Es necesario un seguro para patinetes eléctricos? ¿Qué riesgos tengo si no contrato un seguro?

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De momento, todos los Vehículos de Movilidad Personal se rigen en cuando a diferentes normativas dadas desde los ayuntamientos, todas ellas diferentes y adaptadas a cada núcleo urbano. Esta legislación, como veremos a continuación establece una serie de normas de uso. La otra normativa relacionada se encuentra en el Real Decreto 1507/2008, en donde se establece que los patines eléctricos no son considerados como vehículos a motor, definición que exime a los usuarios de tener que contratar un seguro de patinete de manera obligatoria. La Dirección General de Tráfico (DGT), por el contrario, sí obliga a las empresas del sector a contar con sus respectivos seguros de responsabilidad y pertinentes licencias.  

Obligaciones de los usuarios 

A pesar de no existir la obligatoriedad, diferentes aseguradoras sí ofrecen ya a los usuarios la opción de contratar una serie de seguros que ofrezcan una cobertura a sus patinetes. Las coberturas, como sucede con otra serie de vehículos (coches, motos, camiones, etcétera) cubre la responsabilidad civil (desde 150.000 euros), la asistencia en caso de accidente, el robo del patinete o cualquier tipo de daño sufrido en caso de accidente. De momento, a diferencia de lo que sucede en otros países europeos, en España no es obligatorio contar con este seguro, como sí lo es en Francia y Alemania, y en fechas próximas lo será en Italia.  

Mientras se legisla sobre la obligatoriedad de las pólizas a los propietarios de los patinetes eléctricos, las normativas de cada ayuntamiento establecen una serie de obligatoriedades en el uso de este tipo de vehículos de movilidad personal. Apunten lo siguiente: no deben circular por las aceras; el usuario debe someterse a cualquier tipo de control de alcohol o drogas (siempre que lo requieran las autoridades policiales); uso obligatorio del casco (no en todos los municipios, pero sí en el caso de los menores de 16 años); ir bien iluminados y con prendas reflectantes (no siempre afecta a todos las ciudades); prohibido el uso de auriculares y teléfono móvil y sanciones a los padres en el caso de que un menor sea denunciado por un uso indebido de un patinete eléctrico. 

La velocidad también está limitada (en el caso de Madrid está en 30 kilómetros por hora) y las empresas del sector deben controlar dónde ubican a sus patinetes; y lo mismo sucede con los usuarios. Nada de aparcar los patinetes en paradas de autobús o salidas y entradas del metro. Ni tampoco en las cercanías de los pasos de peatones.  

Javier Vazquez

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