sábado, septiembre 28, 2024
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Cambios en las normativas de SEPE: amplían el periodo permitido para vacaciones al extranjero

A partir del 1 de noviembre, beneficiarios podrán disfrutar de mayor flexibilidad sin perder prestaciones económicas

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha anunciado cambios significativos en las normativas relacionadas con las salidas al extranjero de personas que están percibiendo prestaciones por desempleo. A partir del próximo 1 de noviembre, los desempleados podrán disfrutar de un periodo máximo de 30 días naturales en el extranjero sin que ello afecte a sus prestaciones económicas.

Hasta la fecha, las regulaciones estipulaban que las personas en situación de desempleo solo podían ausentarse del país por un máximo de 15 días naturales una vez al año, siempre y cuando cumplieran con una serie de requisitos y comunicaciones previas al SEPE. Esta limitación provocaba que muchos beneficiarios tuvieran que ajustar sus planes de vacaciones o compromisos personales para evitar la pérdida de su prestación.

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2024, aprobado recientemente por el Congreso de los Diputados, se amplía este plazo a 30 días naturales por año natural. Esta medida busca dar mayor flexibilidad a los desempleados para organizar sus viajes y mantener sus derechos económicos durante un periodo más prolongado fuera de España.

Según lo estipulado en la nueva normativa, los beneficiarios deberán seguir comunicando al SEPE sus salidas al extranjero mediante el formulario correspondiente, garantizando así la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones establecidas. Esta comunicación es esencial para evitar sanciones que podrían ir desde la suspensión temporal hasta la extinción definitiva de las prestaciones en casos graves de incumplimiento.

El SEPE ha destacado que estas modificaciones no solo beneficiarán a los desempleados que deseen disfrutar de un descanso fuera del país, sino que también simplificarán los trámites administrativos y fortalecerán la supervisión de los movimientos internacionales de los beneficiarios.

Así pues, a partir del 1 de noviembre, los desempleados podrán contar con un plazo más amplio para salir al extranjero sin riesgo de perder su prestación por desempleo, siempre y cuando cumplan con las nuevas condiciones establecidas por la reforma del Real Decreto-ley 2/2024.

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