viernes, noviembre 22, 2024
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Una jueza anula el cese de un cargo municipal que denunció un caso de corrupción

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Así lo acuerda la jueza de lo Contencioso-Administrativo número 27 de Madrid en una sentencia en la que considera que la corporación municipal vulneró los derechos fundamentales del trabajador y que su despido respondió a una represalia.

La magistrada entiende que el cese vulneró la garantía de indemnidad que protege al empleado público de las represalias de sus superiores cuando, en cumplimiento de una obligación legal y de los deberes propios del ejercicio de sus funciones, denuncia ante las autoridades judiciales conductas presuntamente delictivas en el seno de la administración en la que presta sus servicios.

La resolución recuerda que en julio de 2018 Sergio G.D.S. denunció supuestas actuaciones delictivas cometidas por autoridades y funcionarios del Ayuntamiento y horas después fue cesado por pérdida de confianza tras sufrir diversos episodios de hostigamiento.

Para la jueza la relación directa entre la denuncia y el cese ha quedado demostrada a lo largo del juicio por lo que condena también al Ayuntamiento a abonar a Sergio G.D.S. una indemnización por daños morales de 8.000 euros, ante «el desasosiego y zozobra en la esfera personal, social y profesional causada en el demandante».

La sentencia establece que «los acontecimientos anteriores al cese del demandante y la proximidad temporal y la aparente conexión entre los mismos y ese acto, así como la actitud de la alcaldesa ante la implicación de aquel en la denuncia que había dado origen a la investigación penal, constituyen indicios suficientes para sospechar o presumir que dicho cese constituía una represalia».

Añade que «correspondía al Ayuntamiento de Móstoles justificar que el cese obedeció a motivos razonables y ajenos a todo propósito atentatorio del derecho fundamental, es decir que se fundaba en motivos legítimos».

«Todo lo contrario, la corporación demandada no ha cumplido con la carga probatoria al carecer el acto administrativo recurrido de motivación alguna y no ofrecerse de forma verosímil en este procedimiento argumentos que permitan concluir en otro sentido», agrega.

La jueza señala que, al margen del deber de todo funcionario público de denunciar las presuntas irregularidades de las que tenga conocimiento por su cargo y responsabilidad, el demandante actuó también con el propósito de desvincularse personalmente de las mismas.

Es decir, actuó «no solo en cumplimiento de sus deberes como empleado público sino también en defensa de sus intereses legítimos», concluye.

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