viernes, noviembre 22, 2024
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Un asesor de Puigdemont, a juicio por un viaje pagado con fondos públicos

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En un auto, la sección décima de la Audiencia de Barcelona desestima el recurso de Alay y confirma el auto por el que la juez instructora acordó enviar a juicio al historiador, quien también está investigado en varias piezas del «caso Volhov», entre ellas la que indaga supuestos contactos con Rusia para buscar apoyos al «procés».

En la causa estuvo también imputada Meritxell Masó, exsecretaria general de Presidencia y ahora del Departamento de Salud, por autorizar los pagos del viaje a Nueva Caledonia, aunque finalmente la juez decidió exculparla.

La investigación que llevará a Alay al banquillo deriva de una querella por malversación y prevaricación que presentó la Fiscalía contra Alay por los 4.580 euros que costó su viaje de 2018 al referéndum de Nueva Caledonia, como jefe de la oficina del president Carles Puigdemont.

La defensa de Alay -una de las personas que acompañaba a Puigdemont cuando fue detenido en Alemania en 2018- alegó que el historiador actuó en función del cargo que ocupaba y que no dependía de él administrar los fondos públicos asignados a la oficina del expresident.

La sala, no obstante, considera que entre las funciones de Alay sí figuraba «gestionar y controlar el presupuesto» de la oficina de Puigdemont y que, aunque es cierto que tenía derecho a usar una tarjeta visa corporativa de la Generalitat, esta debía servir únicamente para pagar los desplazamientos a través de la agencia de viajes homologada por la administración catalana.

Para la Audiencia, el viaje de Alay a Nueva Caledonia «no obedecía en modo alguno a las funciones como responsable de la oficina del expresident Carles Puigdemont, pues la invitación era a título personal», lo que no impidió que se pagara a cargo de una partida presupuestaria de la Generalitat.

Además, añade el tribunal, el investigado «en ningún momento indicó la realidad a la que obedecía el viaje en cuestión, tratándose de una invitación personal y particular, que no debió ser atendida con fondos públicos».

La sala considera «igualmente significativo» que en la memoria de la oficina que debe presentarse al Parlament, el investigado «omitiera en la descripción de actividades realizadas durante el año 2018 la inclusión del viaje realizado a Nueva Caledonia».

Por todo ello, la Audiencia concluye que los fondos que empleó Alay para el viaje a Nueva Caledonia «generaban la obligación de devolver el dinero en cuestión si no quedaba acreditado debidamente que los mismos obedecían a un gasto derivado del ejercicio de los derechos y prerrogativas reconocidos en la Ley 6/2003», que regula el régimen estatutario de los expresidentes de la Generalitat. EFE

 

M.M.

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