La conducta motivo de la sanción se ha desarrollado en el mercado de servicios postales tradicionales prestados a grandes clientes empresariales remitentes de envíos masivos de correspondencia (AMM), informa la CNMC.
El sistema detectado por el órgano regulador se basaba en descuentos exclusionarios que, incentivando la fidelización de los grandes clientes empresariales, habría «potencialmente excluido o impedido la entrada al mercado» de otros competidores de Correos, al menos desde el año 2015 hasta el año 2019.
Correos ya ha anunciado que interpondrá un recurso contencioso-administrativo contra esta sanción ante la Audiencia Nacional, para lo que dispone de un plazo de dos meses desde la notificación.
Competencia argumenta que el sistema de descuentos aplicado a los AMM en su conjunto «configura una conducta abusiva prohibida por la normativa» y destaca «el carácter condicional y retroactivo de los descuentos, la excesiva duración y concatenación de los contratos mediante sus prórrogas automáticas, la falta de transparencia en el cálculo de los descuentos y la aplicación de descuentos de forma no estandarizada».
El organismo subraya en su informe que Correos es el operador dominante en el mercado y que también ha acreditado que estos descuentos y su aplicación han tenido una afectación a la competencia «lo que los lleva a constituir un abuso de posición de domino».
La empresa postal argumenta en su defensa que el procedimiento sancionador «no se debe a elevados descuentos ni a la aplicación de precios unitarios por debajo de coste, sino a otras condiciones comerciales aplicadas a grandes clientes».
Correos insiste en que la propia autoridad de competencia reconoce en el expediente que los precios efectivos aplicados aumentaron en el periodo 2015 a 2019 y que la variable «precio efectivo no ha sido tomada en consideración para valorar las características de fidelización”.
La empresa recuerda que las medidas cautelares inicialmente impuestas por la CNMC «fueron anuladas íntegramente» por la Audiencia Nacional en un auto de 23 de octubre de 2020.
Subraya además que de las actuaciones de obra en el expediente «no se deducen efectos perjudiciales para terceros operadores postales, mucho menos como consecuencia de los precios aplicados por Correos, que la propia CNMC reconoce que se han ido incrementando a lo largo de los años».
Correos ha hecho hincapié también en que la conducta investigada se refiere a una política comercial de 2015. EFECOM
A.M.