viernes, noviembre 22, 2024
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Archivan la causa por la muerte de un joven atado en un centro de menores

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En un auto del Juzgado de Instrucción Único de Purchena (Almería) al que ha tenido acceso Efe, la juez recuerda que los cuatro investigados solicitaron el archivo y sobreseimiento, sin que la Fiscalía se opusiese a ello.

De hecho, el Ministerio Público solicitó esto mismo en diciembre del año pasado al considerar que no había resultado “debidamente justificada la perpetración del delito” por el que se abrió la causa.

La juez apunta que la actuación de los cuatro investigados no puede “calificarse como imprudente desde el punto de vista penal”.

“Del resultado del informe de autopsia, de las declaraciones practicadas y de las grabaciones y documental obrante en autos puede desprenderse que la muerte del menor fue de tipo accidental y que no concurrió en la conducta de los investigados una extralimitación en el uso de la fuerza, deduciéndose que los mismos aplicaron correctamente el protocolo de contención vigente en el momento de la ocurrencia de los hechos”, añade.

Considera, además, que estas directrices “tenían por objeto garantizar la integridad física del interno, resultando (…) que la decisión de llevar a cabo la contención del menor en posición decúbito prono se adoptó al considerarse necesaria y pertinente atendiendo al estado en que se encontraba”.

“Por otro lado debe hacerse mención a la relevancia penal de la conducta de las personas investigadas por ser responsables de la elaboración, aprobación y aplicación del protocolo aplicado”, dice la juez, que hace suyas las consideraciones de la Fiscalía.

Recuerda que el protocolo vigente en el momento en que se produjo el fallecimiento del joven fue objeto de un proceso de adaptación y reelaboración “llevado a cabo de forma activa a pesar de que el resultado del mismo se pusiera de manifiesto tras el transcurso de un extenso período de tiempo y, desafortunadamente, de forma tardía”.

“Por todo ello, no se aprecia en los investigados ahora referidos un incumplimiento o ignorancia deliberada de la normativa sino, tal y como determina el Ministerio Público en su informe, un intento de adaptarse a la misma (…) considerándose que su conducta no puede ser calificada como constitutiva de ilícito criminal”, concluye. EFE

 

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