Una de las obligaciones más importantes que impone el Estatuto de los Trabajadores (ET) a los empresarios es la de velar por la seguridad y la salud de sus trabajadores. Y, precisamente dentro de esta obligación, se incardina la nueva medida adoptada por el Ministerio de Trabajo.
Desde el pasado 13 de mayo, las empresas están obligadas a extremar las medidas de protección de sus empleados durante los episodios de calor extremo.
Las altas temperaturas como riesgo laboral
2022 fue uno de los veranos más cálidos de los que se tienen registros, y los expertos vaticinan que el verano de 2023 será muy similar.
El calor supone una importante fuente de riesgo para quienes desarrollan trabajos al aire libre, especialmente si son tareas de carácter físico.
El pasado año, se produjeron en España 4.700 muertes por efecto de las altas temperaturas. Una cifra que triplica la registrada en los últimos años.
Varios de los afectados por golpes de calor que resultaron mortales, estaban trabajando.
Con la intención de que estas situaciones no vuelvan a producirse, el Real Decreto establece medidas para hacer frente al calor extremo en el trabajo.
Sectores afectados
La medida va dirigida a empleos que se lleven a cabo al aire libre o en lugares de trabajo que no puedan quedar totalmente cerrados. Sin importar si el empleador es un autónomo, una empresa, o una Administración Pública.
Se incluyen entre los profesionales afectados: los camareros, jornaleros en el campo, policías, personal dedicado a la limpieza viaria, y albañiles, entre otros.
Aunque muchas empresas ya tomaban medidas frente al estrés térmico, con el cambio normativo ahora es obligatorio ofrecer protección a los empleados cuando las temperaturas son extremas.
La paralización de la actividad no es obligatoria
La norma no determina que al llegar a una determinada temperatura la actividad deba cesar obligatoriamente. Son las empresas las que deben contar con su propio plan de prevención y determinar cómo van a actuar en cada momento. Lo que no pueden es no hacer nada para proteger la salud de los empleados durante las olas de calor.
Las medidas pueden incluir: el inicio de la jornada a una hora más temprana, la paralización obligatoria de la actividad si se alcanzan más de X grados, instalar toldos en la zona de trabajo para evitar las insolaciones, tener agua a disposición de los empleados, hacer descansos más frecuentes, etc.
La paralización de la actividad será la medida más extrema y, en caso de llegar a darse, el salario de los empleados no puede reducirse.
En los casos en los que la AEMET emita alerta naranja o roja por altas temperaturas, la paralización de la actividad de forma automática tampoco será obligatoria.
Lo que sí es obligatorio en estos casos es que la empresa efectúe una adaptación de las condiciones de trabajo.
Un verano más cálido de lo habitual
La AEMET ya ha advertido de que el de 2023 puede ser un verano de récord histórico. Existen entre un 50% y un 70% de probabilidades de que las temperaturas sean más altas de lo habitual en esta época del año.
La previsión es que se sufran temperaturas que podrían estar entre las cinco más altas registradas en el período de 1993 a 2016.
Por lo que respecta a las precipitaciones, la AEMET confirma que puede ser un verano tormentoso, pero que el agua que caiga no será suficiente para paliar la sequía.
Ante esta situación, las empresas empiezan ya a prepararse para proteger a sus empleados ante los episodios de calor extremo.