Ya se puede pedir al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la nueva ayuda destinada a desempleados del sector artístico.
Aunque la medida se aprobó a principios de año dentro del paquete de medidas urgentes para incentivar la contratación y disminuir el desempleo, esta ayuda no ha estado disponible hasta el pasado 1 de julio.
¿Quienes pueden acceder a esta prestación?
A diferencia de otras ayudas que tienen un carácter más generalista, esta va destinada a los desempleados del sector artístico, incluyendo técnicos y auxiliares que hayan trabajado en el mismo.
Para tener acceso es necesario acreditar una cotización mínima de 60 días en el ámbito artístico en los últimos 18 meses, y haber estado dado de alta en la Seguridad Social por prestación de servicios en el ámbito artístico un mínimo de 180 días en los seis años anteriores al comienzo de la situación de desempleo.
El último requisito para poder acceder a esta prestación es no estar cobrando una prestación contributiva ordinaria en el momento de presentar la solicitud. Tampoco es compatible con el trabajo por cuenta propia ni con el trabajo por cuenta ajena, ni con ninguna otra prestación o ayuda de tipo similar que conceda cualquier Administración Pública.
¿A cuánto asciende la ayuda?
El importe de la prestación es de 480 euros mensuales, equivalentes al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). No obstante, si la media diaria de las bases de cotización de los últimos 60 días por la prestación de servicios en el sector artístico supera los 60 euros, entonces se cobra una ayuda equivalente al 100% del IPREM, que son 600 euros.
El período máximo de cobro de esta prestación es de cuatro meses.
¿Cómo se solicita esta prestación?
Los interesados pueden cursar ya su solicitud a través de la Sede Electrónica del SEPE, identificándose con DNIe, certificado digital o Cl@ve.
También es posible hacer la solicitud de manera presencial en las oficinas del SEPE, pero continúa habiendo serios retrasos a la hora de dar cita, por lo que se recomienda hacer la gestión online.
Las ayudas del SEPE suben su cuantía
En 2023 se ha elevado el IPREM un 3,6%, siendo el segundo aumento más significativo que sufre este indicador desde que comenzó a aplicarse. Esto ha afectado positivamente a aquellas prestaciones del SEPE, y otras ayudas públicas, que lo tienen como referencia para calcular sus cuantías.
En la actualidad, hay hasta ocho ayudas que han elevado su cuantía mensual hasta los 480 euros a consecuencia de los ajustes en el IPREM. Son las siguientes:
- Subsidio por cotización insuficiente. Destinado a quienes han trabajado durante menos de un año y no pueden acceder a una prestación por desempleo contributiva (el paro).
- Renta Activa de Inserción (RAI). Es una prestación no contributiva destinada a desempleados que no reciben otras ayudas, y que tienen especiales dificultades para volver al mercado laboral. Esto incluye a parados de larga duración mayores de 45 años, víctimas de violencia de género, víctimas de violencia doméstica y personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
- Subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Para personas que han superado esta edad y ya han agotado la prestación y el subsidio por desempleo. Se puede cobrar hasta llegar al momento de la jubilación.
- Subsidio para mayores de 45 años. Destinado a mayores de 45 años que estén en situación de desempleo de larga duración, hayan agotado la prestación contributiva y tengan especial dificultad para reintegrarse al mercado laboral.
- Ayuda familiar. Para quienes hayan agotado las prestaciones contributivas y tengan a su cargo hijos menores de 26 años.
- Subsidio para emigrantes retornados. Lo perciben los ciudadanos españoles que han estado trabajando en el extranjero y a la vuelta no tienen derecho a una prestación de desempleo contributiva.
- Ayuda para personas que pierden la pensión de incapacidad. Si quien está cobrando una pensión por incapacidad pierde el derecho a ella, el SEPE ofrece un subsidio por seis meses prorrogables hasta 18.
- Subsidio para liberados de prisión. Se puede cobrar durante seis meses prorrogables hasta un máximo de 18.