viernes, noviembre 22, 2024
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anula la “tasa Amazon”

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La conocida como “tasa Amazon”, que se venía aplicando en Barcelona desde marzo de 2023, ha sido anulada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña.

La Justicia ha considerado la tasa como nula de pleno derecho por entender que constituía un impuesto que gravaba los rendimientos obtenidos con su actividad por empresarios privados, de igual manera que lo hacen los impuestos que gravan la adquisición de renta por el ejercicio de actividades económicas.

Una tasa polémica

La tasa por aprovechamiento especial del dominio público derivado de la distribución a destinos finales indicados por los consumidores de bienes adquiridos por comercio electrónico, conocida popularmente como “tasa Amazon”, fue una de las medidas estrellas anunciadas por el alcalde de la ciudad de Barcelona, Jaume Collboni.

Desde marzo de 2023, el Ayuntamiento de Barcelona ha estado gravando la actividad de los operadores postales con una facturación superior al millón de euros, que realizaban entregas en el término municipal de la Ciudad Condal. Medida que ha afectado a más de 25 compañías entre las que se encuentran Amazon, Seur o Glovo.

Se gravó en su momento la actividad de reparto a domicilio, por entenderse que esta aumenta la contaminación y la congestión del tráfico.

Collboni esperaba recaudar a través de esta tasa unos 2,6 millones de euros al año, dinero que iba a ir destinado a financiar servicios públicos relacionados con la movilidad sostenible y el medio ambiente, como la construcción de carriles bici o la mejora del transporte público. Pero la medida se encontró con la oposición de las empresas afectadas, que interpusieron recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Una tasa nula de pleno derecho

Tras conocer del recurso interpuesto por la organización empresarial de logística y transporte UNO frente al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Barcelona del 24 de febrero de 2023, el TSJ de Cataluña ha llegado a la conclusión de que la ordenanza fiscal que establecía la tasa es nula de pleno derecho.

Por entender que discrimina a las empresas de reparto de paquetería vinculadas al comercio electrónico de tamaño más grande, frente a aquellas otras más pequeñas que realizan la misma actividad, aplicando únicamente el nivel de ingresos como criterio para determinar quienes deben pagar la tasa y quienes no.

La sentencia señala que, si la Ordenanza tuviera la finalidad de evitar la descarga en la vía pública en caso de envíos puntuales, esa protección debería abarcar a todo vehículo susceptible de usar igualmente el dominio público, no solo a los operadores postales que distribuyen bienes adquiridos por los consumidores a través de comercio electrónico, y cuyos rendimientos económicos superan una determinada cuantía.

Desde UNO han celebrado la anulación de un tributo que consideraban discriminatorio y pernicioso para la competitividad de las empresas que operan en Barcelona, y que estiman que reducía las posibilidades de expansión del pequeño comercio.

Por su parte, el Ayuntamiento de Barcelona ha expresado su disconformidad con la sentencia y ha anunciado que sus servicios jurídicos están estudiando el caso para valorar la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. También se está valorando la posibilidad de hacer cambios legislativos para proteger el poder tributario del consistorio con respecto a esta materia.

En “enfrentamiento” entre el consistorio barcelonés y las empresas que operan en el entorno digital no es nada nuevo, ya que el Ayuntamiento lleva años imponiendo diferentes tasas con las que busca regular la actividad de plataformas como Uber, Cabify y Airbnb.

Un voto particular

La decisión del TSJ de Cataluña ha sido tomada por la mayoría de los miembros de la Sala, pero incluye el voto particular de la magistrada Isabel Hernández Pascual.

La juez considera que esta tasa “no discrimina injustificadamente a los operadores postales de comercio electrónico de los operadores de otras actividades, ya que compañías como Amazon hacen un uso muy intensivo de las plazas de aparcamiento”.

Destaca que estas empresas de reparto necesitan plazas de aparcamiento para obtener rendimientos económicos y, para ello, aprovechan las infraestructuras y servicios de la ciudad que están financiadas con los tributos de otros operadores, comerciantes y transportistas.

La magistrada concluye argumentando que si no se aplica la tasa a este tipo de empresas, entonces son las compañías más pequeñas las que resultan injustamente discriminadas, porque sufren una competencia desleal.

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