viernes, noviembre 22, 2024
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El Constitucional rechaza la libertad provisional de ex altos cargos condenados por el caso de los ERE

Estos condenados, cuyas penas oscilan entre los seis y casi ocho años de prisión, alegaban vulneraciones de derechos fundamentales en sus recursos

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El Tribunal Constitucional ha rechazado las solicitudes de siete ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados en el caso de los ERE para quedar en libertad mientras se resuelven sus recursos de amparo. Estos ex funcionarios habían sido condenados a penas de prisión que oscilan entre los seis y los casi ocho años, con la excepción del ex director general de Trabajo Juan Márquez Contreras, que enfrenta una condena de tres años de cárcel.

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado de manera unánime las peticiones de los condenados para suspender cautelarmente la ejecución de sus condenas. Esta decisión se basa en la doctrina del tribunal que establece que no se suspenden las condenas a prisión cuando la pena privativa de libertad es de cinco años o más. Además, los magistrados argumentan que la gravedad de la pena y la naturaleza y trascendencia social de los delitos cometidos enjuiciados no justifican la suspensión de las condenas. Los ex altos cargos fueron condenados por delitos continuados contra la Administración Pública cometidos a lo largo de un extenso periodo de tiempo y con impacto en toda una comunidad autónoma.

Los condenados cuyas solicitudes de libertad cautelar han sido rechazadas incluyen al ex director general de Trabajo Juan Márquez Contreras, el exconsejero de Obras Públicas y de Innovación Francisco Vallejo, el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez, la exviceconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, los exconsejeros de Empleo Antonio Fernández y José Antonio Viera Chacón, y Miguel Ángel Serrano, ex director general de la Agencia IDEA.

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Es importante destacar que la decisión del Tribunal Constitucional no afecta al expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, quien retiró su solicitud cautelar debido a que la Audiencia de Sevilla suspendió por cinco años la ejecución de su condena a prisión debido a su estado de salud. Sin embargo, Griñán mantiene su recurso de amparo.

Estas solicitudes cautelares se han tramitado por separado de los recursos de amparo presentados por los condenados, ya que el tribunal consideró que existía la posibilidad de vulneración de derechos fundamentales en los casos de estos últimos.

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