jueves, diciembre 5, 2024
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Un juzgado de Madrid desestima la demanda de Joaquín Leguina contra el PSOE por su suspensión de militancia

La magistrada considera que las declaraciones del expresidente de la Comunidad de Madrid constituyen una "manifestación de deslealtad" hacia el partido

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Joaquín Leguina reclamaba la nulidad de la suspensión y una indemnización de 18.000 euros.

Sentencia en favor del PSOE: desestimada la demanda de Joaquín Leguina

El Juzgado de Primera Instancia nº 68 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por el expresidente de la Comunidad de Madrid, Joaquín Leguina, contra el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y dos de sus dirigentes: Santos Cerdán, actual secretario de organización del partido, y Marta López Expósito, dirigente socialista. Leguina alegaba que la suspensión de su militancia en 2022 vulneraba su derecho fundamental a la militancia.

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La jueza encargada del caso ha determinado que las declaraciones que motivaron la apertura del expediente de suspensión «pueden considerarse, razonablemente, como una manifestación de deslealtad al partido y contrarias a sus intereses electorales». De este modo, se avala la decisión del PSOE de tramitar el procedimiento disciplinario contra el exdirigente socialista.

Contexto de la suspensión y reclamaciones de Leguina

La suspensión de militancia de Joaquín Leguina tuvo lugar en un momento de gran controversia interna dentro del PSOE, después de que el expresidente madrileño realizara declaraciones públicas que fueron consideradas contrarias a la línea oficial del partido y sus objetivos electorales. En su demanda, Leguina solicitaba no solo la nulidad del expediente sancionador, sino también una indemnización de 18.000 euros, desglosada en 12.000 euros reclamados a Santos Cerdán y 6.000 euros a Marta López Expósito.

Sin embargo, la sentencia emitida no solo rechaza todas las reclamaciones del demandante, sino que también le impone el pago de las costas judiciales generadas durante el proceso.

Declaraciones y resolución judicial

En el fallo, la magistrada subraya que las expresiones emitidas por Leguina, así como el contexto en el que se realizaron, justifican la suspensión de militancia decretada por el partido. Este argumento refuerza la idea de que el PSOE actuó dentro del marco de sus estatutos al considerar que dichas declaraciones ponían en peligro la cohesión interna y la estrategia electoral de la formación.

La sentencia, que se adjunta íntegra a la nota emitida por el juzgado, podrá ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid mediante un recurso de apelación, abriendo así la posibilidad de que Leguina continúe con su disputa legal contra el PSOE.

Un precedente controvertido en el seno del PSOE

Este caso ha reavivado el debate sobre la libertad de expresión de los militantes dentro de los partidos políticos y los límites impuestos por la lealtad partidista. Mientras algunos sectores consideran que la decisión del PSOE fue un acto necesario para preservar la disciplina interna, otros cuestionan si la suspensión de militancia no supuso una restricción desproporcionada a los derechos fundamentales de Leguina como miembro del partido.

Por ahora, el expresidente de la Comunidad de Madrid no se ha pronunciado sobre si presentará un recurso de apelación, mientras que desde el PSOE han defendido que la sentencia reafirma la legitimidad de sus procedimientos disciplinarios.

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