miércoles, diciembre 11, 2024
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Caso Koldo: el Tribunal Supremo rechaza posponer la declaración voluntaria de Ábalos

Ábalos está siendo investigado por supuestas irregularidades en la contratación de mascarillas y otros materiales sanitarios durante la pandemia

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El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente, encargado de la causa que investiga al exministro de Transportes y actual diputado José Luis Ábalos, ha decidido cancelar la citación voluntaria inicialmente prevista para el 12 de diciembre. Ábalos está siendo investigado por supuestas irregularidades en la contratación de mascarillas y otros materiales sanitarios durante la pandemia.

En un auto, el juez ha desestimado también la solicitud del exministro de aplazar dicha declaración. Según el magistrado Puente, aunque el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Penal permite al aforado decidir si comparece voluntariamente, esto no implica que pueda determinar “el ‘tempo’ de las actuaciones” a su conveniencia.

El magistrado argumenta que retrasar indefinidamente esta declaración podría generar «dilaciones indebidas» y comprometer la eficacia de la investigación. Ha explicado que la fase de ofrecer al aforado la posibilidad de declarar antes de elevar una suplicatoria al Congreso no puede depender de cuándo el implicado considere adecuado participar. Esto podría entorpecer el proceso, ya que la investigación solo puede proseguir formalmente una vez que el suplicatorio sea concedido por la Cámara Baja.

Respuesta a la solicitud de aplazamiento

Ábalos había solicitado más tiempo para estudiar el caso, alegando su complejidad y la falta de tiempo para prepararse. No obstante, Puente dejó claro que el exministro no está obligado a declarar de forma voluntaria y puede optar por no hacerlo sin que esto implique una admisión de los hechos. El magistrado considera que sería más apropiado avanzar en el procedimiento, tomando una decisión sobre el suplicatorio sin esperar una declaración que Ábalos juzgue «prematura».

En su auto, Puente sostiene que aceptar la petición de aplazamiento podría dar pie a retrasos reiterados: por las mismas razones, –o por otras–, que mostró su voluntad de comparecer inicialmente en la fecha señalada, retractándose de ello unos días más tarde, esta misma situación podría reproducirse. Y ello no solo perturbaría el buen orden del proceso, provocando, a su discreción, dilaciones que habrían de reputarse indebidas, sino que podría también perturbar el buen fin y la eficacia de la investigación”.

Garantías del derecho de defensa

El juez subraya que esta decisión no afecta al derecho de defensa de Ábalos. Si el suplicatorio no es aprobado, el procedimiento no podrá avanzar hacia una inculpación formal. En caso de ser concedido, el exministro tendrá la oportunidad de declarar con todas las garantías procesales como investigado.

El magistrado concluye que su resolución busca preservar la agilidad y eficacia de la causa, evitando dilataciones que puedan comprometer el desarrollo de la investigación.

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