jueves, septiembre 12, 2024
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Ayudas del SEPE para desempleadas mayores de 45 años, ¿cómo funcionan?

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dispone de diferentes ayudas dirigidas a las mujeres desempleadas que rebasan la barrera de los 45 años. El objetivo es dar protección a un colectivo que lo tiene especialmente difícil para acceder al mercado laboral.

En la actualidad, existen hasta cinco ayudas diferentes (no compatibles entre sí) que pueden solicitar quienes cumplan los requisitos exigidos en cada caso.

El problema de la empleabilidad de las mujeres mayores de 45 años

El mercado laboral español está marcado por el fenómeno del “edadismo”, en el que los empresarios suelen preferir a las generaciones más jóvenes sobre las más mayores. Principalmente, por entender que los más jóvenes son más moldeables y tienen unas expectativas salariales más bajas, así como una mejor adaptación al entorno digital.

En el caso de las mujeres, esta situación se agrava por la brecha de género que se acentúa todavía más por los roles de género tradicionales. Siguen siendo ellas mayoritariamente las que interrumpen su carrera profesional para cuidar de la familia, y esto les dificulta la vuelta al trabajo y se convierte en un gran obstáculo a la hora de acceder a puestos de liderazgo.

Las generaciones más mayores se ven afectadas, a su vez, por la brecha digital. Los cambios tecnológicos se han producido muy rápidamente en los últimos años, y los más mayores se han quedado atrás y no han adquirido las habilidades digitales que son esenciales hoy en día.

A ello se suma que en la sociedad sigue habiendo estereotipos arraigados sobre las capacidades y motivaciones de las mujeres de más edad, y esto limita las oportunidades laborales que se les ofrecen.

Por todo ello, aunque se ha avanzado mucho en materia de empleo femenino, las mujeres que superan los 45 años de edad lo tienen especialmente complicado para volver al mercado laboral una vez que se ven fuera del mismo, y esto les sitúa en una situación de vulnerabilidad económica que se intenta evitar a través de ayudas como las del SEPE.

Requisitos generales de acceso

Para acceder a las ayudas es necesario que las beneficiarias estén desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el SEPE, que estén buscando empleo de forma activa y no hayan rechazado ofertas de trabajo.

A nivel económico, no se pueden tener ingresos que sean superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Ayudas para las desempleadas mayores de 45 años

Las mujeres que cumplan los requisitos anteriores y tengan 45 o más años, pueden solicitar alguna de las siguientes ayudas:

Subsidio por desempleo para mujeres mayores de 45 años con cargas familiares

Si se ha agotado una prestación contributiva de al menos cuatro meses y se tienen responsabilidades familiares, se puede solicitar una prórroga de seis meses de dicha prestación, que luego se puede prorrogar nuevamente por periodos semestrales hasta cubrir un máximo de 24 meses. 

Si la prestación contributiva por desempleo recibida era de al menos seis meses, se tiene derecho a una prórroga de seis meses, ampliable por semestres hasta llegar a un máximo de 30 meses.

A estos efectos, se consideran cargas familiares tener a cargo a:

  • Cónyuge.
  • Hijos menores de 26 años.
  • Hijos mayores de 26 años con alguna discapacidad.
  • Menores acogidos.

Siempre y cuando estas personas no perciban rentas mensuales superiores al 75 % del SMI.

Subsidio por desempleo para mujeres mayores de 45 años que no tienen cargas familiares

En una situación de este tipo se puede solicitar la prórroga de la prestación por desempleo durante seis meses más, pero sin posibilidad de nuevas prórrogas una vez agotada la primera.

Renta Activa de Inserción (RAI)

Esta ayuda económica está dirigida a personas desempleadas que tienen especiales dificultades para encontrar empleo. Combina la participación en programas de formación y orientación laboral con la percepción de una renta de 480 euros mensuales que se pueden cobrar durante 11 meses consecutivos como máximo.

En el caso de mujeres víctimas de violencia de género o doméstica, se puede prorrogar tres meses más la percepción de la RAI.

Un dato importante a tener en cuenta es que esta ayuda ha sido derogada por el Real Decreto-Ley 2/2024, y dejará de estar en activo a partir del 1 de noviembre de este año.

Subsidio extraordinario por desempleo

Solo pueden acceder a él quienes hayan agotado el subsidio por desempleo y tengan la condición de ser desempleados de larga duración (que lleven más de 360 días solicitando empleo). 

La subvención se puede cobrar una única vez y durante un período máximo de 180 días. Como ocurre con la RAI, esta ayuda también ha sido derogada y dejará de estar en vigor a partir del 1 de noviembre de 2024.

Subsidio por desempleo para mujeres mayores de 52 años

Quienes hayan agotado todas las prestaciones y tengan 52 o más años, pueden solicitar este subsidio que, a diferencia de los anteriores, cotiza para la jubilación. 

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