La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo recordó hace solo tres meses que los jueces no pueden ni deben admitir una querella basada en recortes de prensa. Esta misma semana, un juzgado de Madrid ha decidido abrir diligencias contra Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, tras una denuncia de Manos Limpias basada precisamente en noticias sin contrastar que se han publicado en varios medios de comunicación.
Es una práctica que el Supremo prohibe desde hace años y que ya ha advertido en varias ocasiones. La más reciente hace solo tres meses, cuando Vox y Solidaridad presentaron una querella contra Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior, por las cargas policiales sobre los manifestantes en la sede del PSOE.
El pasado 2 de febrero, el Supremo archivó la causa porque la querella se basaba en notas de prensa, fotografías y vídeos, sin ninguna prueba adicional que respaldara los hechos que denunciaban.
Además, señalaron que un juez «debe decretar la inadmisión de la querella cuando no se ofrecen datos o elementos fácticos, no sirviendo a este efecto la mera aportación de recortes de prensa o similares, sin más constatación o acreditación».
En el mismo auto también acudieron al artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por el que afirmaron que la querella debe ser rechazada cuando «no se ofrezca en esta ningún elemento o principio de prueba que avale razonablemente su realidad, limitándose el querellante a afirmar su existencia, sin ningún apoyo objetivo atinente a los propios hechos».
En el caso de Begoña Gómez, ha sido Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, el que ha admitido a trámite la denuncia de Manos Limpias. Se trata de un documento de siete folios que únicamente recoge titulares de medios de comunicación y recortes de prensa sobre la esposa de Sánchez.
Es más, desde el pseudosindicato han reconocido que se han basado solo en informaciones periodísticas con el objetivo de poner en conocimiento de la Justicia estas posibles irregularidades. La Fiscalía ya ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que archive la causa.
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