Última hora

González Amador declarará como testigo en la causa por la filtración del correo de la Fiscalía

La Sala estima la petición de la Fiscalía y da luz verde a la comparecencia de Alberto González Amador, pese a la negativa inicial del juez instructor

Foto: Fiscal.es
Imagen: Fiscal.es

El Tribunal Supremo ha decidido que Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, preste declaración como testigo en la causa abierta por la presunta filtración de información confidencial de la Fiscalía. Esta decisión contradice la postura inicial del juez instructor Ángel Hurtado, quien en enero denegó su comparecencia al considerar que su testimonio no era necesario y podría entorpecer el desarrollo del caso.

La solicitud de que González Amador declare como testigo partió del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. La Sala de lo Penal ha respaldado parcialmente esa petición, al considerar que, al haber sido la propia defensa quien propuso la declaración, no existe impedimento legal para permitirla.

Cambio de criterio tras la negativa del juez instructor

En su resolución anterior, el juez Hurtado argumentó que llamar a declarar al empresario supondría una “dilación para la declaración de los investigados” y que podía ser perjudicial para el propio González Amador, de quien llegó a decir que “se le considera un defraudador confeso, sin serlo, con el daño reputacional que ello conlleva”.

Sin embargo, la Sala considera ahora que su testimonio podría ser relevante para esclarecer “todos los contornos de la supuesta difusión de datos”. Y recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite la práctica de diligencias solicitadas por las partes siempre que no resulten inútiles ni perjudiciales para la instrucción.

"Tan a disposición de la instrucción se encuentra el querellado como el querellante", sostiene el tribunal, que apunta además que la declaración del denunciante puede ser útil para entender las circunstancias del caso, especialmente su impacto en el plano personal.

No se investigará el móvil del jefe de gabinete de Ayuso

En el mismo auto, la Sala ha rechazado intervenir el teléfono móvil de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso, cuya implicación en la difusión del correo interno de la Fiscalía fue puesta en duda tras la publicación de una noticia en el diario El Mundo.

El alto tribunal considera que no hay una justificación sólida para aplicar una medida tan intrusiva, ya que Rodríguez comparece en el procedimiento como testigo, no como investigado. “No se vislumbra la necesidad de que su dispositivo telefónico, en tanto tiene la condición de testigo, deba ser objeto de un volcado”, señala el Supremo, que advierte que una medida de este tipo requeriría “un motivo reforzado”, que en este caso no existe.

Además, el tribunal subraya que lo que se investiga es la posible vulneración del deber de confidencialidad por parte de funcionarios públicos, no las acciones de personas ajenas a la administración judicial.

Protección del secreto profesional para los periodistas

Por otro lado, la Sala también ha descartado citar a declarar a los periodistas que publicaron la información filtrada. A juicio del Supremo, su derecho al secreto profesional prevalece, y mientras ostenten la condición procesal actual no están obligados a revelar sus fuentes.

“Se encuentran protegidos por el secreto profesional, y no podrían revelar sus fuentes mientras ostenten tal categoría procesal, lo cual, por cierto, aquí nadie ha dudado”, concluye la resolución.